¿Acabas de empezar un nuevo trabajo y te preocupa que te puedan despedir sin previo aviso? ¿No sabes cuándo termina tu periodo de prueba ni qué derechos tienes durante esos primeros meses? El periodo de prueba laboral es una etapa crucial que todo trabajador peruano debe entender.
Durante el periodo de prueba, tu empleador puede evaluar tu desempeño y, lamentablemente, también puede terminar tu contrato sin expresar causa. Pero eso no significa que estés desprotegido. En esta guía te explicamos todo: cuánto dura, qué derechos conservas, qué pasa con tus beneficios sociales y, muy importante, cuándo adquieres la tan deseada estabilidad laboral.
¿Qué es el Periodo de Prueba Laboral?
El periodo de prueba es el lapso inicial de toda relación laboral durante el cual tanto el empleador como el trabajador pueden evaluar si la relación funcionará. Es una etapa de “conocimiento mutuo” en la que:
- El empleador verifica que el trabajador cumple con las expectativas del puesto
- El trabajador evalúa si las condiciones laborales son las prometidas
- Ambas partes deciden si desean continuar la relación laboral
Durante este periodo, el empleador tiene la facultad de terminar el contrato sin expresar causa y sin pagar indemnización. Esta es la principal diferencia con un trabajador que ya superó la prueba.
Base legal: El periodo de prueba está regulado en el artículo 10 del D.S. 003-97-TR (Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral).
¿Cuánto Dura el Periodo de Prueba en Perú?
La duración del periodo de prueba varía según el tipo de trabajador y las responsabilidades del cargo:
| Tipo de Trabajador | Duración del Periodo de Prueba | Requisito |
|---|---|---|
| Trabajador común | 3 meses | Automático por ley |
| Trabajador de confianza | Hasta 6 meses | Debe pactarse por escrito |
| Personal de dirección | Hasta 12 meses (1 año) | Debe pactarse por escrito |
Trabajador Común: 3 Meses
Para la gran mayoría de trabajadores en el Perú, el periodo de prueba es de 3 meses calendario. Este plazo:
- Comienza desde el primer día de trabajo efectivo
- Se cuenta por meses calendario completos
- Aplica automáticamente, sin necesidad de pacto escrito
- No puede ser reducido por acuerdo de partes
Ejemplo: Si empezaste a trabajar el 15 de enero de 2026, tu periodo de prueba termina el 14 de abril de 2026. A partir del 15 de abril adquieres estabilidad laboral.
Trabajador de Confianza: Hasta 6 Meses
Los trabajadores de confianza son aquellos que:
- Tienen acceso a información reservada o confidencial
- Su opinión o informe es vinculante para decisiones empresariales
- Están en contacto personal y directo con el empleador o personal de dirección
- Manejan información que podría afectar los resultados de la empresa
Para este tipo de trabajadores, el periodo de prueba puede extenderse hasta 6 meses, pero solo si:
- La extensión se pacta por escrito en el contrato
- Se indica expresamente que el cargo es de confianza
- Las funciones realmente corresponden a un cargo de confianza
Personal de Dirección: Hasta 12 Meses
El personal de dirección es aquel que:
- Ejerce la representación general del empleador
- Dirige, administra y controla la empresa
- Sus decisiones obligan y responsabilizan a la empresa
- Tiene funciones ejecutivas de máximo nivel
Para estos cargos, el periodo de prueba puede extenderse hasta 12 meses (1 año), siempre que:
- Se pacte expresamente por escrito
- El cargo sea verdaderamente de dirección
- Las funciones correspondan a la definición legal
¡Atención! Si tu empleador dice que eres “de confianza” o “de dirección” solo para extenderte el periodo de prueba, pero tus funciones son las de un trabajador común, esa calificación es fraudulenta y podrías impugnarla.
¿Cómo se Calcula el Periodo de Prueba?
El cálculo del periodo de prueba sigue estas reglas:
Inicio del Cómputo
El periodo de prueba comienza desde el primer día de trabajo efectivo. Esto significa:
- Si tu contrato dice que empiezas el 1 de febrero pero realmente empiezas a trabajar el 5 de febrero, el periodo se cuenta desde el 5 de febrero
- Los días de inducción o capacitación sí cuentan como días de trabajo
- No importa si el contrato se firmó antes o después
Suspensiones Durante el Periodo de Prueba
¿Qué pasa si te enfermas o tienes una licencia durante el periodo de prueba? La ley permite que el periodo de prueba se suspenda en ciertos casos:
| Causa de Suspensión | ¿Se suspende el periodo de prueba? |
|---|---|
| Descanso médico (enfermedad) | Sí, se suspende y se reanuda al volver |
| Licencia por maternidad | Sí, se suspende |
| Vacaciones anticipadas | Sí, se suspende |
| Licencia sin goce de haber | Sí, se suspende |
| Feriados | No, los feriados se cuentan normalmente |
| Descansos semanales | No, se cuentan normalmente |
Ejemplo práctico: María empezó a trabajar el 1 de marzo. El 15 de marzo se enfermó y tuvo descanso médico por 20 días. Su periodo de prueba se suspende esos 20 días, por lo que terminará 20 días después del 1 de junio.
Periodo de Prueba en Tiempo Parcial (Part-Time)
Si trabajas en modalidad part-time (menos de 4 horas diarias), también aplica el periodo de prueba de 3 meses. El hecho de trabajar menos horas no reduce ni extiende la duración del periodo de prueba.
¿Qué Derechos Tengo Durante el Periodo de Prueba?
Esta es una de las preguntas más importantes y donde existe mayor confusión. Durante el periodo de prueba SÍ tienes derechos laborales. La única diferencia es la protección contra el despido arbitrario.
Beneficios que SÍ Tienes Desde el Primer Día
| Beneficio | ¿Lo tengo durante el periodo de prueba? | Observación |
|---|---|---|
| Remuneración | ✅ Sí | Derecho al sueldo pactado desde el día 1 |
| CTS | ✅ Sí | Se computa desde el primer mes completo |
| Gratificación | ✅ Sí | Se calcula proporcionalmente |
| Vacaciones | ✅ Sí | Se acumulan 2.5 días por mes trabajado |
| Seguro de salud (EsSalud) | ✅ Sí | Cobertura desde el primer mes |
| Aportes a AFP/ONP | ✅ Sí | Desde la primera planilla |
| Asignación familiar | ✅ Sí | Si tienes hijos menores o estudiando |
| Horas extras | ✅ Sí | Pago de sobretiempo si corresponde |
| Descanso semanal | ✅ Sí | 24 horas consecutivas mínimo |
| Feriados | ✅ Sí | Descanso pagado en feriados |
Lo que NO Tienes Durante el Periodo de Prueba
| Derecho | ¿Lo tengo durante el periodo de prueba? |
|---|---|
| Protección contra despido arbitrario | ❌ No |
| Indemnización por despido sin causa | ❌ No |
| Derecho a reposición | ❌ No (salvo despido nulo) |
Importante: El periodo de prueba no afecta tus beneficios sociales. Si te despiden el día 89, tienes derecho a cobrar tu liquidación laboral completa: sueldo proporcional, CTS trunca, vacaciones truncas y gratificación trunca.
Ejemplo de Liquidación en Periodo de Prueba
Caso: Pedro trabajó 2 meses y 15 días con un sueldo de S/ 2,000. Lo despidieron durante el periodo de prueba.
| Concepto | Cálculo | Monto |
|---|---|---|
| Sueldo proporcional (15 días) | S/ 2,000 ÷ 30 × 15 | S/ 1,000.00 |
| CTS trunca | (S/ 2,000 ÷ 12) × 2.5 meses | S/ 416.67 |
| Vacaciones truncas | (S/ 2,000 ÷ 12) × 2.5 meses | S/ 416.67 |
| Gratificación trunca* | (S/ 2,000 ÷ 6) × 2.5 meses | S/ 833.33 |
| Total liquidación estimada | S/ 2,666.67 |
Nota: Si el despido ocurre en el semestre julio-diciembre, la gratificación se calcula sobre ese periodo.
¿Pueden Despedirme en el Periodo de Prueba?
Sí, el empleador puede terminar tu contrato durante el periodo de prueba sin expresar causa y sin la obligación de pagar indemnización por despido arbitrario. Esto es lo que la ley permite:
Lo que el Empleador PUEDE Hacer
- Terminar el contrato sin indicar motivo
- No pagar indemnización por despido
- Decidir libremente si continúa con la relación laboral
Lo que el Empleador NO PUEDE Hacer
Aunque estés en periodo de prueba, existen límites. El empleador NO puede:
| Acción Prohibida | Consecuencia | Tipo de Despido |
|---|---|---|
| Despedirte por estar embarazada | Despido nulo → Reposición | Despido nulo |
| Despedirte por afiliarte a un sindicato | Despido nulo → Reposición | Despido nulo |
| Despedirte por discriminación (raza, género, religión, etc.) | Despido nulo → Reposición | Despido nulo |
| Despedirte por presentar queja ante SUNAFIL | Despido nulo → Reposición | Despido nulo |
| Despedirte por ejercer derechos constitucionales | Despido nulo → Reposición | Despido nulo |
Clave: Incluso durante el periodo de prueba, el despido no puede ser discriminatorio ni vulnerar derechos fundamentales. Si te despiden por una razón prohibida, podrías demandar reposición aunque estés en periodo de prueba.
¿Debo Recibir Carta de Despido?
Durante el periodo de prueba, el empleador no está obligado a entregarte una carta de despido con expresión de causa. Puede simplemente comunicarte que la relación laboral ha terminado.
Sin embargo, es recomendable que solicites un documento escrito que indique:
- La fecha de término de la relación laboral
- Que se debe al periodo de prueba
- El compromiso de pago de la liquidación
Esto te servirá para cualquier trámite posterior (cobro de CTS, nueva búsqueda de empleo, etc.).
¿Cuándo Adquiero Estabilidad Laboral?
La estabilidad laboral significa que tu empleador no puede despedirte sin una causa justa y, si lo hace, deberá pagarte una indemnización o enfrentar una posible reposición judicial.
Adquieres estabilidad laboral al día siguiente de superar el periodo de prueba:
| Tipo de Trabajador | Adquieres Estabilidad Desde |
|---|---|
| Trabajador común | Día 91 (después de 3 meses) |
| Trabajador de confianza | Día 181 (si se pactó extensión de 6 meses) |
| Personal de dirección | Día 366 (si se pactó extensión de 1 año) |
¿Qué Significa Tener Estabilidad Laboral?
Una vez que superas el periodo de prueba:
- Solo pueden despedirte por causa justa: Faltas graves debidamente comprobadas
- Tienes derecho a indemnización: Si te despiden sin causa justa, puedes reclamar 1.5 sueldos por año trabajado — calcula cuánto te correspondería
- Puedes pedir reposición: En ciertos tipos de despido, puedes volver a tu puesto
- El empleador debe seguir un procedimiento: Carta de preaviso, plazo de descargos, carta de despido
Línea de tiempo de la estabilidad:
Día 1 ────────────────────────────────────── Día 90 ── Día 91 │ PERIODO DE PRUEBA │ │ │ (Sin protección contra despido) │ ✓ ESTABILIDAD LABORAL │ (Despido libre sin indemnización) │ (Protección contra despido arbitrario)
Periodo de Prueba en Contratos a Plazo Fijo
Los contratos a plazo fijo (temporales) también tienen periodo de prueba. Las reglas son las mismas que para los contratos indefinidos:
| Aspecto | Contrato Indefinido | Contrato a Plazo Fijo |
|---|---|---|
| Periodo de prueba | 3 meses | 3 meses |
| Extensión por confianza | Hasta 6 meses | Hasta 6 meses |
| Extensión por dirección | Hasta 12 meses | Hasta 12 meses |
| ¿Se acumula si reingresa? | Sí | Sí |
¿Qué Pasa si el Contrato Temporal es Menor a 3 Meses?
Si te contratan por un plazo menor a 3 meses (por ejemplo, 2 meses), todo el contrato está en periodo de prueba. El empleador puede no renovarte sin consecuencias adicionales.
Contratos Sucesivos
Si tienes varios contratos temporales sucesivos con el mismo empleador, el periodo de prueba solo aplica en el primer contrato. Los contratos posteriores no reinician el periodo de prueba.
Ejemplo:
- Primer contrato: 3 meses (todo el contrato es periodo de prueba)
- Segundo contrato: 3 meses (ya con estabilidad laboral dentro del plazo del contrato)
- Tercer contrato: 3 meses (con estabilidad)
Si el empleador te “renueva” sucesivamente para mantenerte en eterno periodo de prueba, podría considerarse desnaturalización del contrato y tendrías derechos de contrato indefinido.
Reingreso: ¿Hay Nuevo Periodo de Prueba?
Una pregunta muy común: si renuncias y luego vuelves a la misma empresa, ¿tienes que pasar nuevamente el periodo de prueba? La respuesta depende de varios factores:
Regla General: Se Acumulan los Periodos
El artículo 16 del Reglamento del D.L. 728 (D.S. 001-96-TR) establece que cuando hay reingreso del trabajador:
“Se suman los períodos laborados en cada oportunidad hasta completar el período de prueba establecido por la ley.”
Esto significa que:
| Situación | ¿Nuevo Periodo de Prueba? |
|---|---|
| Trabajaste 2 meses, renunciaste, vuelves al mismo puesto | Solo 1 mes más de prueba |
| Trabajaste 4 meses, renunciaste, vuelves | No hay periodo de prueba (ya lo superaste) |
| Trabajaste 1 mes, te fueron, vuelves después de 5 años | Depende: puede aplicar nuevo periodo |
Factores que Determinan si Aplica Nuevo Periodo
Los tribunales consideran estos elementos:
- Tiempo transcurrido desde la salida hasta el reingreso
- Similitud de funciones del nuevo puesto con el anterior
- Condiciones del nuevo contrato (sueldo, jornada, etc.)
- Causa de la salida anterior (renuncia, despido, término de contrato)
Caso Especial: Reingreso Fraudulento
Si el empleador te hace “renunciar” y te vuelve a contratar con el único propósito de reiniciar el periodo de prueba y quitarte la estabilidad laboral, esta práctica es fraudulenta y podrías impugnarla judicialmente.
Señales de fraude:
- Te piden renunciar y te vuelven a contratar inmediatamente
- Continúas haciendo las mismas funciones
- El único cambio es el “reset” del periodo de prueba
- No hay interrupción real de la relación laboral
Preguntas Frecuentes sobre el Periodo de Prueba
¿El periodo de prueba puede ser menor a 3 meses?
La ley no permite reducir el periodo de prueba por acuerdo de partes. Siempre es de mínimo 3 meses para trabajadores comunes. Sin embargo, nada impide que el empleador, voluntariamente, otorgue estabilidad antes de tiempo.
¿Pueden despedirme el último día del periodo de prueba?
Sí. El empleador puede terminar el contrato en cualquier momento hasta el día 90. A partir del día 91, ya tienes protección contra el despido arbitrario.
¿Qué pasa si empecé a trabajar sin contrato escrito?
Si trabajas de forma subordinada y remunerada sin contrato escrito, se presume que tienes contrato indefinido. El periodo de prueba de 3 meses aplica igual, contándose desde el primer día de trabajo efectivo.
¿El periodo de prueba aplica si ya trabajé antes en la empresa?
Depende del tiempo transcurrido y las funciones. Si trabajaste antes en el mismo puesto y reingresas en un plazo breve, los periodos se acumulan y podrías ya tener estabilidad.
¿Pueden extenderme el periodo de prueba si no rindo bien?
No. El periodo de prueba tiene plazos máximos fijos (3, 6 o 12 meses según el caso). El empleador no puede extenderlo unilateralmente. Si no estás rindiendo, debe despedirte dentro del periodo de prueba o esperar a que termine y seguir el procedimiento de despido por capacidad.
¿Qué hago si me despiden en periodo de prueba por discriminación?
Aunque estés en periodo de prueba, el despido discriminatorio es nulo. Tienes 30 días hábiles para demandar y podrías obtener:
- Reposición en tu puesto
- Pago de remuneraciones dejadas de percibir
- Indemnización adicional por daño moral (en algunos casos)
Consulta el artículo sobre tipos de despido en Perú para más detalles.
Consejos Prácticos para el Periodo de Prueba
Si Eres Trabajador
- Guarda toda tu documentación: Contrato, boletas de pago, correos, memorándums
- Conoce tus funciones: Ten claro cuáles son tus responsabilidades desde el día 1
- Cumple con tu trabajo: El periodo de prueba es para demostrar tu capacidad
- Conoce tus derechos: Aunque puedan despedirte, tienes derecho a beneficios sociales
- Si te despiden, cobra tu liquidación: CTS, vacaciones y gratificación truncas
Si Te Despiden Durante el Periodo de Prueba
- Solicita tu liquidación por escrito: Dentro de las 48 horas
- Verifica los cálculos: Usa nuestras calculadoras para confirmar los montos
- Recoge tus documentos: Boletas de pago, certificado de trabajo
- Pide constancia de cese: Para tus trámites futuros
- Retira tu CTS: Si ya te depositaron algún monto
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Duración y derechos durante el periodo de prueba
| Concepto | Información Clave |
|---|---|
| Duración básica | 3 meses para trabajadores comunes |
| Extensiones | 6 meses (confianza) o 12 meses (dirección), por escrito |
| ¿Pueden despedirte? | Sí, sin expresar causa ni pagar indemnización |
| ¿Tienes beneficios sociales? | Sí: CTS, gratificación, vacaciones, EsSalud, AFP |
| ¿Cuándo hay estabilidad? | Al día 91 (después de superar los 3 meses) |
| Reingreso | Se acumulan los periodos trabajados anteriormente |
| Despido discriminatorio | Es nulo aunque estés en periodo de prueba |
El periodo de prueba es una etapa normal en toda relación laboral. No es malo ni abusivo: permite que ambas partes evalúen si la relación funcionará. Lo importante es que conozcas tus derechos y sepas que, aunque puedan despedirte sin indemnización, nunca pierdes tus beneficios sociales acumulados.
⚠️ Descargo de Responsabilidad Legal
Este artículo tiene carácter exclusivamente informativo y educativo. No constituye asesoría legal, dictamen jurídico ni recomendación profesional vinculante. SueldoJusto.pe no garantiza resultados judiciales ni administrativos basados en esta información. Los plazos y montos pueden variar según las circunstancias particulares de cada caso, la interpretación judicial y la normativa vigente al momento de la consulta. Para situaciones específicas, recomendamos consultar con un abogado laboralista colegiado. El uso de esta información es bajo exclusiva responsabilidad del usuario.
Última actualización: Enero 2026 Normativa base: D.S. 003-97-TR (Art. 10) y D.S. 001-96-TR vigentes a la fecha de publicación
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