utilidades beneficios laborales sunat 2026

Utilidades 2026 en Perú: Cómo calcular tu pago estimado [Guía Completa]

Descubre cuándo pagan las utilidades 2026, qué empresas están obligadas y cómo calcular el monto estimado según tus días trabajados y sueldo.

SueldoJusto.pe 6 min de lectura
Utilidades 2026 en Perú: Cómo calcular tu pago estimado [Guía Completa]

Se acerca marzo y, para muchos trabajadores del sector privado, eso significa una sola cosa: el pago de utilidades. Ese dinero extra que cae como anillo al dedo para pagar deudas escolares, amortizar un crédito o, por qué no, darte un gusto merecido.

Sin embargo, todos los años surgen las mismas dudas: “¿Mi empresa está obligada a pagar?”, “¿Cuánto me toca exactamente?”, “¿Por qué mi compañero recibió más que yo?”.

En esta guía, vamos a despejar todas esas dudas con información clara, actualizada a la normativa 2026 y ejemplos prácticos. Si trabajaste durante el 2025 en una empresa que generó ganancias, sigue leyendo, porque esto te interesa.

¿Qué son las Utilidades y quiénes las reciben?

Las utilidades son un porcentaje de las ganancias netas (renta neta imponible) que las empresas están obligadas a repartir entre sus trabajadores. Es un derecho constitucional en el Perú que busca que los colaboradores participen del éxito económico que ayudaron a generar.

Pero ojo, no todas las empresas pagan utilidades. Para tener derecho a este beneficio, tu empleador debe cumplir dos requisitos básicos:

  1. Régimen Laboral: Pertenecer al régimen de la actividad privada y generar rentas de tercera categoría.
  2. Tamaño: Tener más de 20 trabajadores en planilla durante el año anterior (2025).

¿Y si soy ex-trabajador? ¡Buena noticia! Si trabajaste en la empresa durante el 2025 y luego renunciaste o te despidieron, también tienes derecho a cobrar. La empresa debe emitir tu cheque o hacerte la transferencia, aunque ya no labores ahí.

Cronograma de Pagos 2026: ¿Cuándo depositan?

Esta es la pregunta del millón. La ley dice que el pago debe realizarse dentro de los 30 días naturales posteriores a que la empresa presente su Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta ante la SUNAT.

Generalmente, el cronograma de vencimientos de la SUNAT empieza a fines de marzo y termina a inicios de abril.

Último dígito del RUCFecha aprox. de declaraciónFecha límite de pago (aprox.)
024 de Marzo23 de Abril
125 de Marzo24 de Abril
226 de Marzo25 de Abril
Buenos ContribuyentesInicios de AbrilInicios de Mayo

Nota: Estas fechas son referenciales basadas en los calendarios habituales. Tu empresa puede pagarte incluso antes de declarar, pero nunca después del plazo máximo sin generar intereses.

¿Cómo se calculan las Utilidades?

Aquí es donde muchos se confunden, pero en realidad la lógica es sencilla. El monto total que la empresa va a repartir se divide en dos partes iguales (50% y 50%) y se distribuye bajo dos criterios diferentes:

1. El 50% según tus días trabajados

Esta mitad se reparte en función a los días reales que laboraste durante el año.

  • Cuentan: Días de asistencia, licencias sindicales, días de cierre por infracciones tributarias, licencias por accidente de trabajo, descanso pre y post natal.
  • No cuentan: Permisos personales, faltas injustificadas.

Lógica simple: Quien fue a trabajar más días, recibe más de esta mitad.

2. El 50% según tus sueldos percidos

La otra mitad se reparte en proporción al total de remuneraciones que recibiste en el año. Esto incluye tu sueldo básico, gratificaciones, horas extras, asignación familiar, etc. (todo lo que sea concepto remunerativo).

Lógica simple: Quien ganó más dinero (o hizo más horas extras), recibe más de esta segunda mitad.

👉 ¿Quieres obtener una proyección sin hacer tanta matemática? Usa nuestra Calculadora de Utilidades gratuita. Solo ingresas tus datos y nosotros hacemos la fórmula por ti.

Tabla de Porcentajes por Rubro

No todas las empresas reparten la misma cantidad. El porcentaje de las ganancias que se destina a los trabajadores depende del giro del negocio:

Rubro de la EmpresaPorcentaje a Repartir
Empresas Pesqueras10%
Telecomunicaciones10%
Empresas Industriales10%
Empresas Mineras8%
Comercio al por mayor y menor8%
Restaurantes8%
Otras actividades5%

Ejemplo: Si trabajas en una tienda por departamento (Comercio), la empresa debe tomar el 8% de sus ganancias anuales y repartirlas entre todos los trabajadores.

Ejemplo Práctico: El caso de Carlos

Imaginemos a Carlos, un trabajador de una empresa minera (reparte 8%).

  • Días trabajados: 290 días.
  • Sueldo anual sumado: S/ 45,000.

La empresa “MinaOro S.A.” tuvo una ganancia repartible de S/ 1,000,000.

  • Suma total de días de todos los trabajadores: 50,000 días.
  • Suma total de sueldos de todos los trabajadores: S/ 8,000,000.

Paso 1: Cálculo por días (50% del total a repartir = S/ 500,000)

  • Factor días = 500,000 / 50,000 = 10
  • Pago por días de Carlos = 290 días x 10 = S/ 2,900

Paso 2: Cálculo por sueldo (50% del total a repartir = S/ 500,000)

  • Factor sueldo = 500,000 / 8,000,000 = 0.0625
  • Pago por sueldo de Carlos = S/ 45,000 x 0.0625 = S/ 2,812.50

Total a recibir: S/ 2,900 + S/ 2,812.50 = S/ 5,712.50

¿Parece complejo hacerlo a mano? No te preocupes, para eso diseñamos la herramienta automática. 👉 Calcula tus Utilidades aquí.

Asegura tu dinero este 2026

Recibir las utilidades es un derecho, no un regalo. Cuando te entreguen tu liquidación de utilidades (la hojita donde sale el cálculo), verifica tres cosas:

  1. Que tus días trabajados estén correctos (que no te hayan descontado días que sí fuiste).
  2. Que el total de tus remuneraciones coincida con tus boletas.
  3. Que la empresa haya respetado el porcentaje de su rubro.

Si detectas un error o la empresa se niega a pagar a pesar de haber tenido ganancias, puedes acudir a la SUNAFIL para presentar una denuncia.

Nota Legal: Este artículo es informativo. Los montos son referenciales y pueden variar. Para cálculos oficiales, consulte con el área contable de su empresa.

SueldoJusto.pe

Herramientas laborales gratuitas para trabajadores peruanos. Calculadoras basadas en la legislación vigente.