Si te preguntas cómo se calcula la gratificación en Perú, la respuesta rápida es esta: se toma tu remuneración computable, se revisan los meses completos trabajados en el semestre y se suma la bonificación extraordinaria del 9% si estás en EsSalud o 6.75% si estás en EPS.
En esta guía verás la fórmula, los casos más comunes y ejemplos concretos para revisar tu boleta antes del pago de julio o diciembre. Si quieres el resultado directo, usa nuestra Calculadora de Gratificación.
¿Qué es la gratificación y quiénes tienen derecho?
La gratificación es un beneficio laboral que reciben los trabajadores del régimen laboral privado por Fiestas Patrias y Navidad. En el régimen general equivale, como referencia, a una remuneración mensual por cada semestre completo trabajado.
Para tener derecho, normalmente debes estar en planilla, bajo relación de dependencia, y haber trabajado al menos un mes calendario completo dentro del semestre. Si tu caso pertenece a un régimen especial —por ejemplo MYPE, trabajador del hogar o sector público— el cálculo puede cambiar.
Si quieres el marco legal completo, revisa la guía principal de gratificación.
Fórmula general para calcular la gratificación completa
Cuando trabajaste los 6 meses completos de un semestre, el cálculo es sencillo:
Gratificación = Remuneración computable × 1
Es decir, recibes el equivalente a una remuneración mensual ordinaria.
A eso se le suma la bonificación extraordinaria:
Bonificación extraordinaria = Remuneración computable × 9% (si tienes EsSalud)
Bonificación extraordinaria = Remuneración computable × 6.75% (si tienes EPS)
Total estimado a recibir = Gratificación + Bonificación extraordinaria
La remuneración computable incluye tu sueldo mensual ordinario y otros conceptos regulares que percibes cada mes. No incluye gratificaciones anteriores, CTS ni utilidades.
Conceptos que no entran en el cálculo de la gratificación
No todo lo que recibes mensualmente forma parte de la base para calcular la gratificación. Estos conceptos generalmente no se computan:
- Utilidades anuales.
- CTS depositada en mayo y noviembre.
- Gratificaciones anteriores de julio o diciembre.
- Bonos extraordinarios otorgados por liberalidad del empleador.
- Movilidad sujeta a asistencia.
- Alimentación principal en especie, salvo que esté regulada como remuneración.
- Indemnizaciones o compensaciones no recurrentes.
Es importante distinguirlos porque muchos trabajadores creen que cualquier ingreso mensual suma. Si tienes un concepto adicional recurrente y dudas si computa, revisa tu boleta de pago o consulta con el área de recursos humanos de tu empresa.
Semestres y fechas de pago: julio y diciembre
La fórmula es la misma para las dos gratificaciones. Lo que cambia es el periodo que se revisa y la fecha límite de pago.
| Gratificación | Periodo que se revisa | Fecha límite de pago | Remuneración de referencia |
|---|---|---|---|
| Julio 2026 | Enero a junio | 15 de julio de 2026 | Remuneración vigente al 30 de junio |
| Diciembre 2026 | Julio a noviembre | 15 de diciembre de 2026 | Remuneración vigente al 30 de noviembre |
Por ejemplo, si tu sueldo al cierre del semestre es de S/ 3,000 y tienes EsSalud:
- Gratificación: S/ 3,000
- Bonificación 9%: S/ 270
- Total estimado: S/ 3,270
Si ingresaste después de iniciado el semestre o cesaste antes del pago, el cálculo será proporcional. Para conocer plazos, reclamos y qué hacer si no depositan a tiempo, revisa la guía sobre cuándo pagan la gratificación.
Cómo se calcula la gratificación proporcional (menos de 6 meses)
Si ingresaste después de iniciado el semestre o cesaste antes de terminarlo, tienes derecho a una gratificación proporcional. Esto es muy común cuando recién empiezas a trabajar o cuando renuncias antes de cumplir el semestre.
La fórmula es:
Proporcional = (Remuneración computable + Bonificación) × Meses trabajados ÷ 6
Los meses se cuentan por meses calendario completos laborados dentro del semestre. Los días sueltos o fracciones de mes no generan derecho a pago proporcional por días. Debes haber laborado al menos un mes íntegro en el semestre para tener derecho a la gratificación proporcional.
Ejemplo:
- Sueldo: S/ 2,400
- EsSalud: 9%
- Meses calendario completos trabajados: 4
- Bonificación incluida: S/ 2,400 × 1.09 = S/ 2,616
- Proporcional: S/ 2,616 × 4 ÷ 6 = S/ 1,744
Este cálculo también aplica para la gratificación trunca, que se paga dentro de las 48 horas hábiles posteriores a tu cese.
Cómo se calcula si me aumentaron el sueldo
Una de las dudas más frecuentes es cómo se calcula la gratificación si me aumentaron el sueldo en medio del semestre. La regla es clara:
Se aplica la última remuneración mensual ordinaria percibida al cierre del semestre.
Si tu sueldo subió de S/ 3,000 a S/ 3,500 en abril, para la gratificación de julio se considera S/ 3,500, que es el monto del mes de cierre (junio).
Excepción: si tienes remuneraciones variables, como comisiones o bonificaciones irregulares, se usa el promedio mensual del semestre.
Ejemplo con aumento:
- Sueldo enero–marzo: S/ 4,000
- Sueldo abril–junio: S/ 4,500
- Remuneración computable: S/ 4,500
- Gratificación: S/ 4,500
- Bonificación EPS 6.75%: S/ 303.75
- Total estimado: S/ 4,803.75
Cómo se calcula con comisiones o remuneración variable
Si parte de tu ingreso depende de comisiones, ventas o bonificaciones, el cálculo cambia según la regularidad del concepto:
| Tipo de variable | Tratamiento |
|---|---|
| Comisiones regulares mensuales | Se suman a la remuneración computable del mes de cierre. |
| Comisiones irregulares | Se promedian en el semestre y el resultado se suma. |
| Horas extras habituales | Son computables. |
| Bonificaciones regulares | Se incluyen en la remuneración computable. |
Ejemplo con comisiones irregulares:
- Sueldo fijo: S/ 2,500
- Comisiones en el semestre: S/ 1,800
- Promedio mensual: S/ 1,800 ÷ 6 = S/ 300
- Remuneración computable: S/ 2,500 + S/ 300 = S/ 2,800
- Gratificación: S/ 2,800
- Bonificación 9% EsSalud: S/ 252
- Total estimado: S/ 3,052
Cómo se calcula la gratificación de una empleada del hogar
Las empleadas del hogar también tienen derecho a gratificación, pero con reglas diferentes. Están reguladas por la Ley 31047 y el D.S. 009-2021-TR.
Requisito: laborar 4 o más horas diarias de promedio.
Fórmula:
Gratificación = Sueldo mensual × Meses trabajados ÷ 6
Diferencia clave: no incluyen la bonificación extraordinaria del 9%. El cálculo se hace solo sobre el sueldo mensual.
Ejemplo:
- Sueldo: S/ 1,500
- Meses trabajados: 4
- Gratificación proporcional: S/ 1,500 × 4 ÷ 6 = S/ 1,000
Si quieres conocer todos los derechos de este régimen, lee nuestro artículo sobre trabajador del hogar.
Bonificación extraordinaria: 9% vs 6.75% EPS
La bonificación extraordinaria nace de la Ley 30334 y el D.L. 1377. Su objetivo es cubrir el aporte del empleador a EsSalud sin afectar tu gratificación.
| Tipo de seguro | Porcentaje |
|---|---|
| EsSalud | 9% |
| EPS (Plan de Seguro Social alternativo) | 6.75% |
Esta bonificación se calcula sobre la misma remuneración computable de la gratificación. No es un dinero extra al azar: es el equivalente al aporte de salud que normalmente paga tu empleador.
¿Qué pasa si cambio de EsSalud a EPS dentro del semestre?
Si durante el semestre cambiaste de seguro de salud, la bonificación se calcula según el seguro vigente al cierre del semestre:
- Para la gratificación de julio 2026: se considera el seguro vigente al 30 de junio.
- Para la gratificación de diciembre 2026: se considera el seguro vigente al 30 de noviembre.
Por ejemplo, si estuviste en EsSalud de enero a abril pero te pasaste a EPS en mayo, para la gratificación de julio te correspondería la bonificación del 6.75%, no del 9%.
Ejemplo comparativo con sueldo de S/ 3,000:
| Concepto | EsSalud (9%) | EPS (6.75%) |
|---|---|---|
| Gratificación | S/ 3,000 | S/ 3,000 |
| Bonificación | S/ 270 | S/ 202.50 |
| Total estimado | S/ 3,270 | S/ 3,202.50 |
Descuentos que aplica y no aplica la gratificación
La gratificación tiene un tratamiento especial frente a los descuentos habituales de planilla.
No se descuenta:
- AFP
- ONP
- EsSalud
- Aportes del empleador
Sí puede afectarse:
- Impuesto a la Renta de 5ta categoría, si tus ingresos anuales superan las 7 UIT. En 2026, ese límite equivale a S/ 38,500.
- Embargo por pensión de alimentos. A diferencia del sueldo ordinario, donde hay un límite de 5 URP, el juez puede ordenar el retención de hasta el 60% de la gratificación para el pago de alimentos. Si este es tu caso, te recomendamos leer nuestra guía sobre embargo de sueldo y remuneraciones.
Esto significa que la gratificación sí cuenta como renta de 5ta categoría y puede aumentar tu base imponible anual. Si tus ingresos totales del año están cerca de ese monto, es probable que parte de tu gratificación quede sujeta a retención.
Casos especiales que pueden cambiar el cálculo
Antes de aplicar la fórmula general, confirma si estás en un régimen especial. Esto evita usar una regla que no corresponde a tu caso.
| Caso | Cómo leerlo para el cálculo |
|---|---|
| Régimen general | Aplica la fórmula completa: remuneración computable + bonificación extraordinaria. |
| Pequeña empresa REMYPE | La gratificación suele ser el 50% del cálculo del régimen general. |
| Microempresa REMYPE | No corresponde gratificación del régimen general si la empresa está correctamente inscrita. |
| Practicantes | No reciben gratificación laboral; reciben subvención formativa bajo reglas propias. |
| Trabajadores CAS | No uses automáticamente la fórmula del régimen privado. Revisa la regla aplicable al sector público y las directivas de tu entidad. |
⚠️ Clave: si tu empleador dice ser MYPE, verifica que esté inscrito en REMYPE. Si no lo está, podría corresponder el régimen general.
Ejemplos prácticos paso a paso
A continuación tres ejemplos completos para que veas cómo se calcula la gratificación en Perú en situaciones reales. Puedes contrastar estos resultados usando nuestra Calculadora de Gratificación.
Ejemplo 1: Sueldo fijo, 6 meses, EsSalud
Datos:
- Sueldo mensual: S/ 2,500
- Meses trabajados: 6 completos
- Seguro: EsSalud
Cálculo:
- Gratificación: S/ 2,500 × 1 = S/ 2,500
- Bonificación 9%: S/ 2,500 × 0.09 = S/ 225
- Total estimado: S/ 2,725
Ejemplo 2: Aumento de sueldo, EPS
Datos:
- Sueldo enero–marzo: S/ 4,000
- Sueldo abril–junio: S/ 4,500
- Seguro: EPS
Cálculo:
- Remuneración computable: S/ 4,500 (última del semestre)
- Gratificación: S/ 4,500
- Bonificación 6.75%: S/ 4,500 × 0.0675 = S/ 303.75
- Total estimado: S/ 4,803.75
Ejemplo 3: Empleada del hogar, 4 meses
Datos:
- Sueldo mensual: S/ 1,500
- Meses trabajados: 4
- Régimen: empleada del hogar
Cálculo:
- Gratificación proporcional: S/ 1,500 × 4 ÷ 6 = S/ 1,000
- Bonificación: no aplica
- Total estimado: S/ 1,000
Calcula tu gratificación antes de cobrar
Ahora que ya sabes cómo se calcula la gratificación, revisa tu monto con la Calculadora de Gratificación. Solo ingresa tu sueldo, tipo de seguro y meses trabajados.
Si terminaste tu relación laboral antes del pago, revisa la guía de gratificación trunca. Si tu duda es la fecha límite o qué hacer ante un incumplimiento, lee cuándo pagan la gratificación.
Si aún tienes dudas sobre un caso particular, consulta con el área de recursos humanos de tu empresa o con un asesor contable.
Nota Legal: Este artículo es informativo. Los montos son referenciales y pueden variar según la normativa vigente. Para cálculos específicos y asesoría legal particular, consulte con el área contable de su empresa o con un abogado laboralista.
Preguntas frecuentes
¿Cómo se calcula la gratificación si trabajé menos de 6 meses?
¿Qué sucede si me aumentaron el sueldo durante el semestre?
¿La gratificación tiene descuentos de AFP u ONP?
¿Cómo se calcula la gratificación si recibo comisiones?
¿Las empleadas del hogar tienen gratificación?
¿Qué conceptos no entran en el cálculo de la gratificación?
¿Qué pasa si cambio de EsSalud a EPS dentro del semestre?
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