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Beneficios Sociales

Gratificación Perú 2026: Fechas, Cálculo y Pago

Conoce cuándo pagan la gratificación en Perú, cómo calcularla, qué conceptos incluye, cuándo corresponde el 9% y qué hacer ante un retraso.

SueldoJusto.pe | Actualizado: 10 min de lectura
Gratificación Perú 2026: Fechas, Cálculo y Pago

Ruta rápida gratificación: esta es la guía principal del régimen privado (Ley 27735). Para el calendario y cálculo de Navidad 2026, ve a gratificación diciembre 2026. Si cesaste antes de julio o diciembre, ve a gratificación trunca. Si trabajas bajo régimen CAS, usa la guía práctica de gratificación CAS y, para la ley y la CTS al cese, la Ley 32563. Si quieres usarla mejor, revisa cómo ahorrar tu gratificación. Si buscas “aguinaldo”, revisa la diferencia entre aguinaldo y gratificación.

La gratificación en Perú para trabajadores del régimen privado se paga en julio y diciembre. En esta guía te explicamos las fechas, cómo se calcula la gratificación completa o proporcional, la bonificación extraordinaria, los regímenes especiales y qué hacer ante un retraso.

Si ya conoces tu remuneración computable y los meses calendario completos del semestre, usa la calculadora de gratificación para obtener un monto estimado.

La gratificación legal es un beneficio de carácter semestral establecido por la Ley 27735, que se paga en julio (Fiestas Patrias) y diciembre (Navidad). Es equivalente a una remuneración completa por cada semestre trabajado.

La gratificación es un beneficio laboral reconocido por la Ley 27735. Si cumples las condiciones del régimen aplicable, el empleador debe calcularla y pagarla conforme a la norma.

Cuándo pagan la gratificación 2026 en Perú

La gratificación de Fiestas Patrias debe pagarse durante la primera quincena de julio. La fecha límite es el 15 de julio de 2026. La gratificación de Navidad debe pagarse durante la primera quincena de diciembre, con fecha límite el 15 de diciembre de 2026.

La primera quincena termina el día 15 y el plazo legal no se traslada automáticamente al siguiente día hábil. Si la fecha presenta una dificultad operativa, el empleador puede coordinar el abono con anticipación; pagar el día 16 ya estaría fuera del plazo indicado por el MTPE.

Gratificación 2026: cuánto es y cómo calcularla

El cálculo depende de si completaste los seis meses calendario del semestre o solo una parte. Esta comparación resume la fórmula sin sustituir la revisión de tu régimen y remuneración computable:

CasoFórmula de gratificaciónBonificación extraordinaria
Semestre completoUna remuneración computable9% de la gratificación, o 6.75% si tienes EPS
Periodo proporcionalRemuneración computable × meses calendario completos ÷ 69% del resultado, o 6.75% si tienes EPS

Ejemplo de cálculo

ConceptoMonto
Remuneración computableS/ 2,500
GratificaciónS/ 2,500
Bonificación 9%S/ 225
Total estimadoS/ 2,725

Como referencia adicional, con una remuneración computable de S/ 5,000, la gratificación completa sería S/ 5,000 y la bonificación del 9% sería S/ 450; el total estimado sería S/ 5,450. Estos ejemplos no reemplazan la revisión de tu remuneración computable.

Para una remuneración computable equivalente a la RMV, hay que distinguir julio de diciembre de 2026. Los siguientes ejemplos corresponden al régimen privado general, con semestre computable completo, afiliación regular a EsSalud, sin EPS, sin asignación familiar ni otros conceptos computables y sin inasistencias que reduzcan el beneficio:

PagoRemuneración computable del corteGratificaciónBonificación del 9%Total estimado
Julio 2026S/ 1,130.00 al 30 de junio de 2026S/ 1,130.00S/ 101.70S/ 1,231.70
Diciembre 2026, proyecciónS/ 1,230.00 al 30 de noviembre de 2026S/ 1,230.00S/ 110.70S/ 1,340.70

La RMV es S/ 1,230 desde el 1 de octubre de 2026, según el artículo 1.2 del D.S. N.° 015-2026-TR. Este aumento no recalcula la gratificación de julio. La proyección de diciembre supone que la remuneración computable siga siendo S/ 1,230 al 30 de noviembre y que se complete el semestre julio-diciembre bajo las condiciones indicadas. Para este ejemplo de remuneración fija se usa el importe del corte, sin promediar las RMV del semestre. Los totales incluyen gratificación y bonificación, antes de retenciones o descuentos que pudieran corresponder.

¿Qué es la bonificación extraordinaria?

La bonificación extraordinaria reemplaza el aporte que el empleador habría hecho a EsSalud sobre tu gratificación. No es remuneración ni aporte previsional. Es decir:

  • Si no tienes EPS: Recibes 9% adicional
  • Si tienes EPS: Recibes 6.75% adicional

Esta bonificación se calcula e identifica por separado y se abona junto con la gratificación; no genera aportes AFP, ONP ni EsSalud. Puede tener efecto en quinta categoría únicamente cuando corresponda según las reglas tributarias aplicables.

¿La gratificación tiene descuentos?

No, en general la gratificación está libre de:

  • ❌ Aportes AFP
  • ❌ Aportes ONP
  • ⚠️ Sí está afecta a Impuesto a la Renta (5ta categoría)
  • No se descuenta EsSalud al trabajador; el aporte está a cargo del empleador y origina la bonificación extraordinaria.

No se descuentan AFP ni ONP sobre la gratificación. La bonificación extraordinaria se calcula e identifica por separado y se abona junto con la gratificación; no integra esos aportes. La gratificación sí puede incorporarse a la proyección anual de quinta categoría; la retención depende de tus ingresos, deducciones y reglas tributarias aplicables.

Gratificación proporcional

Si no trabajaste los 6 meses completos, recibes una gratificación proporcional:

Gratificación = Remuneración computable × meses calendario completos ÷ 6

Ejemplo

Si iniciaste el 1 de abril y ganas S/ 2,000, completaste tres meses calendario del semestre abril-junio:

ConceptoCálculo
Meses trabajados3 (abr, may, jun)
Remuneración computableS/ 2,000
Gratificación proporcional (3/6)S/ 1,000
Bonificación 9% proporcionalS/ 90
Total estimadoS/ 1,090

¿Quiénes tienen derecho a gratificación?

Tienen derecho todos los trabajadores del régimen laboral privado que:

  • Estén sujetos al régimen laboral privado que reconoce este beneficio.
  • Tengan vínculo laboral vigente en la oportunidad de pago o hayan generado gratificación trunca.
  • Hayan completado al menos un mes calendario completo en el semestre, para el cálculo proporcional que corresponda.

Remuneración computable y horas extras

La base es la remuneración computable vigente al 30 de junio para la gratificación de julio y al 30 de noviembre para la de diciembre. Las horas extras y otros conceptos variables se incorporan si se percibieron, como mínimo, durante tres meses del semestre. Para hallar su valor, se suman los montos percibidos y se dividen entre seis.

La bonificación extraordinaria se calcula por separado: 9% de la gratificación para afiliados regulares a EsSalud o 6.75% si cuentan con EPS. No se suma a la remuneración computable ni genera AFP/ONP/EsSalud. Solo puede influir en quinta categoría cuando corresponda conforme a las reglas tributarias.

Casos Especiales y Exclusiones

Trabajadores CAS del sector público

El régimen CAS (D.L. 1057) no usa la fórmula de una remuneración completa más 9% de EsSalud. En 2026 aplica la gradualidad del D.S. 142-2026-EF: 10% de la remuneración mensual, con un mínimo de S/ 300. El cálculo, las fechas de tu entidad y la proporcionalidad están en la guía práctica de gratificación CAS. El marco legal y la CTS al cese están en la Ley 32563.

Microempresa y pequeña empresa REMYPE

La microempresa inscrita correctamente en REMYPE no paga la gratificación del régimen general, salvo que corresponda otro régimen o condición más favorable. La pequeña empresa paga media gratificación en julio y media gratificación en diciembre, si cumple las condiciones del régimen especial. Verifica el registro REMYPE y tu régimen en la planilla.

Trabajadores del Régimen Agrario

La Ley 31110 regula los beneficios del régimen agrario. El prorrateo es la regla; puede elegirse el pago semestral si se cumplen las condiciones previstas por el D.S. N.° 005-2021-MIDAGRI. La bonificación extraordinaria de la Ley 30334 se aplica según las reglas del régimen. Revisa tu contrato, boleta y régimen registrado.

Gratificación trunca

Si cesas antes de julio o diciembre, la gratificación trunca se calcula con la remuneración computable × meses calendario completos / 6. El empleador debe pagarla dentro de las 48 horas siguientes de producido el cese, junto con la liquidación que corresponda.

¿Qué pasa si no te pagan a tiempo?

Si no recibes la gratificación dentro de la primera quincena de julio o diciembre, puedes reclamar por escrito y conservar la evidencia del incumplimiento. No existe una espera obligatoria antes de acudir a SUNAFIL.

Puedes presentar una denuncia ante SUNAFIL mediante sus canales oficiales, incluida la línea 0800-16872. La autoridad evaluará la infracción y la sanción según el tipo de empresa, trabajadores afectados y circunstancias del caso. No uses multas fijas o rangos genéricos para estimar tu reclamo. También podrías exigir intereses legales por el retraso.

Calcula tu gratificación de julio o diciembre 2026

Usa nuestra Calculadora de Gratificación para estimar cuánto podrías recibir en Fiestas Patrias o Navidad.

📅 ¿Navidad 2026? Fechas, semestre julio–diciembre y ejemplos en gratificación diciembre 2026. Para julio y diciembre en una sola guía, revisa las fechas legales arriba y qué hacer si hay retraso.


Cómo verificamos esta información

Este artículo fue revisado por el equipo editorial de SueldoJusto.pe, dedicado al análisis de la normativa laboral peruana. Para asegurar la mayor precisión posible, consultamos las siguientes fuentes oficiales:

Última verificación normativa: 26 de septiembre de 2026

Corrección puntual del 6 de octubre de 2026: se precisaron el ejemplo histórico de julio y la proyección de diciembre con sus cortes de remuneración. Esta actualización de RMV no constituye una nueva revisión integral de los demás contenidos del artículo.

Próxima revisión programada: 14 de febrero de 2027

¿Notaste algún cambio normativo reciente? Escríbenos a contacto@sueldojusto.pe (fines editoriales; no brindamos asesoría legal personalizada)

Nota legal, tributaria y contable: Este artículo es informativo y no constituye asesoría legal, tributaria ni contable. La remuneración computable, el régimen laboral, las retenciones y los descuentos dependen de tu situación y de la normativa vigente. Verifica tu caso con tu empleador, SUNAFIL, MTPE o un profesional calificado.


Nota Legal: Este artículo es informativo. Los montos son referenciales y pueden variar según la normativa vigente. Para cálculos oficiales, consulte con el área contable de su empresa.

Preguntas frecuentes

¿Cuándo pagan la gratificación de julio y diciembre 2026?
La gratificación de julio (Fiestas Patrias) debe pagarse en la primera quincena, con límite el 15 de julio de 2026. La de diciembre (Navidad) se paga en la primera quincena, con límite el 15 de diciembre de 2026 (martes en 2026). El plazo legal no se traslada automáticamente al siguiente día hábil. Detalle de Navidad: guía de gratificación diciembre 2026.
¿Cuánto es la gratificación julio 2026 con la bonificación del 9%?
Si completas el semestre y cumples el régimen aplicable, recibes una remuneración computable completa más la bonificación extraordinaria del 9% (o 6.75% si tienes EPS). Con S/ 2,500, el total estimado es S/ 2,725.
¿Si renuncio en julio 2026, recibo gratificación?
Podrías recibir gratificación trunca por los meses calendario completos del semestre hasta el cese. El empleador debe pagarla dentro de las 48 horas siguientes de producido el cese.
¿Los practicantes reciben gratificación?
No reciben gratificación laboral. Según la Ley 28518, podrían recibir una subvención económica adicional equivalente a media subvención cada seis meses continuos, si cumplen las condiciones de la modalidad formativa.
¿La gratificación tiene descuentos de AFP u ONP?
Por regla general, no se descuentan AFP ni ONP sobre la gratificación. Podrían existir descuentos por ley, mandato judicial o autorización. EsSalud es un aporte del empleador; la bonificación extraordinaria se paga al trabajador y puede influir en quinta categoría cuando corresponda.
¿Qué hago si no me pagan la gratificación a tiempo?
Puedes reclamar por escrito y denunciar ante SUNAFIL sin una espera obligatoria previa. También podrías exigir intereses legales por el retraso.

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Revisado por el equipo editorial de SueldoJusto.pe

Equipo editorial enfocado en normativa laboral y beneficios del trabajador peruano.

Contenido elaborado con base en la normativa laboral vigente y datos oficiales de SUNAT, SBS, SUNAFIL y el Ministerio de Trabajo. Última verificación: . Este contenido no reemplaza la consulta con un abogado laboralista o contador colegiado.