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Contratos y Derechos Laborales

Ley 32563: Gradualidad CAS y CTS al Cese | Guía 2026

Conoce la Ley 32563, la gradualidad de beneficios CAS y cómo funciona la CTS al cese según el D.S. 142-2026-EF.

SueldoJusto.pe | Actualizado: 3 min de lectura
Ley 32563: Gradualidad CAS y CTS al Cese | Guía 2026

Si trabajas bajo el régimen CAS, la Ley 32563 incorporó gratificaciones y CTS dentro del Decreto Legislativo 1057. El D.S. 142-2026-EF precisó su aplicación para 2026, incluida la gradualidad de los beneficios y la CTS al cese.

Esta página explica el marco legal. Para revisar el cálculo y la oportunidad de pago de la gratificación, consulta la guía práctica de gratificación CAS, enfocada en esa aplicación cotidiana.

¿Qué establece la Ley 32563?

La Ley 32563 reconoce dos gratificaciones anuales para trabajadores CAS y una CTS que se paga al finalizar el vínculo. El D.S. 142-2026-EF desarrolla la gradualidad aplicable, mientras que la Cuadragésima Disposición Complementaria Final, numeral 2, de la Ley 32732, publicada el 19 de julio de 2026, establece que la gratificación de Fiestas Patrias y Navidad no debe ser inferior a S/ 300.

El D.S. 142-2026-EF fija para 2026 una base progresiva de 10% de la remuneración mensual; aunque el decreto no reproduce el monto de S/ 300, no reduce la regla legal posterior. Para una gratificación completa en 2026 debe aplicarse el monto que resulte mayor entre el 10% de la remuneración mensual y S/ 300.

Gradualidad de la gratificación CAS

La gradualidad aplicable es la siguiente:

AñoPorcentaje sobre la remuneración mensual
202610%
202720%
202830%
202950%
Desde 2030100%

Para 2026, el 10% se determina sobre la remuneración mensual percibida al 30 de junio o al 30 de noviembre, según la gratificación. Si se cumple el período completo, el resultado se contrasta con el mínimo legal de S/ 300 y corresponde el importe mayor.

Gratificación proporcional o trunca

La gratificación trunca o proporcional se prorratea según el tiempo efectivamente laborado en el período aplicable. No corresponde prometer S/ 300 íntegros por un solo mes de servicios: la fecha de ingreso, cese, días laborados y la regla aplicable deben verificarse con Recursos Humanos.

No uses tablas de escenarios obsoletos ni una fórmula que convierta automáticamente cualquier fracción en un semestre completo.

Para la gratificación de Fiestas Patrias de julio de 2026 aplica una regla transitoria: se consideran solo los meses completos efectivamente prestados desde la vigencia de la Ley 32563. La revisión debe tomar en cuenta la fecha de inicio, los meses completos y la situación concreta del vínculo.

¿Cómo funciona la CTS CAS?

La CTS CAS no se deposita en mayo ni noviembre. Se paga solo al cese y se calcula con la última remuneración mensual:

CTS 2026 estimada = última remuneración mensual × 10% × años computables

En 2026, cada año de servicio equivale al 10% de la última remuneración mensual. Una fracción mayor de seis meses se computa como año. La norma no autoriza inventar una prorrata diaria para fracciones de seis meses o menos.

Ejemplo referencial: si la última remuneración mensual fue S/ 3,500 y el tiempo computable alcanza cinco años, la CTS estimada sería S/ 1,750. El pago dependerá del cese, la información de la entidad y la aplicación normativa al caso.

¿Cuándo se pagan las gratificaciones?

La gratificación de Fiestas Patrias corresponde al período de julio. La de Navidad corresponde al período de diciembre. La oportunidad ordinaria debe revisarse conforme al D.S. 142-2026-EF, el cronograma de la entidad y las instrucciones de su oficina de Recursos Humanos.

No confundas el calendario del régimen privado con una fecha CAS que no esté sustentada en una norma o comunicación aplicable.

Qué revisar con tu entidad

Antes de reclamar o proyectar un ingreso, verifica:

  • Que tu contrato corresponda al régimen del D.L. 1057.
  • La remuneración mensual percibida en la fecha de corte aplicable.
  • Los meses y días efectivamente laborados.
  • El cese y el tiempo computable para la CTS.
  • El cronograma y los documentos comunicados por Recursos Humanos.

Si detectas una diferencia, presenta una solicitud escrita y conserva contrato, boletas y comunicaciones. También puedes buscar orientación especializada sobre la vía administrativa correspondiente.

Fuentes oficiales y guía relacionada

Verifica tu pago CAS con la norma vigente

La Ley 32563 reconoce los beneficios, pero el porcentaje y la forma de cálculo dependen del D.S. 142-2026-EF, del período trabajado y de la situación de cada entidad. Revisa tu boleta y solicita el sustento si el pago no coincide.

Nota Legal: Este artículo es informativo. Los montos son referenciales y pueden variar según la normativa vigente. Para cálculos oficiales, consulta con Recursos Humanos o el área contable de tu entidad.

Preguntas frecuentes

¿Qué establece la Ley 32563 sobre la gradualidad CAS y la CTS al cese?
La Ley 32563 incorpora gratificaciones y CTS para el régimen CAS. El D.S. 142-2026-EF establece una gradualidad de 10% en 2026, 20% en 2027, 30% en 2028, 50% en 2029 y 100% desde 2030. La CTS se paga únicamente al cese y, en 2026, equivale al 10% de la última remuneración mensual por cada año de servicio; una fracción mayor de seis meses se computa como año.
¿Cuál es la gradualidad de la gratificación CAS?
La gradualidad es 10% en 2026, 20% en 2027, 30% en 2028, 50% en 2029 y 100% desde 2030, conforme al D.S. 142-2026-EF. Para Fiestas Patrias de julio de 2026, la regla transitoria considera solo meses completos efectivamente prestados desde la vigencia de la Ley 32563. Para 2026, la gratificación completa no debe ser menor de S/ 300, según la Ley 32732.
¿Cuándo se paga la CTS CAS?
La CTS CAS se paga únicamente al cese. En 2026 equivale al 10% de la última remuneración mensual por cada año de servicio; una fracción mayor de seis meses se computa como año.
¿La gratificación CAS incluye el 9% de EsSalud?
No corresponde trasladar automáticamente la bonificación extraordinaria del régimen privado al régimen CAS. Revisa la Ley 32563 y el D.S. 142-2026-EF.

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Revisado por el equipo editorial de SueldoJusto.pe

Equipo editorial enfocado en normativa laboral y beneficios del trabajador peruano.

Contenido elaborado con base en la normativa laboral vigente y datos oficiales de SUNAT, SBS, SUNAFIL y el Ministerio de Trabajo. Última verificación: . Este contenido no reemplaza la consulta con un abogado laboralista o contador colegiado.