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Contratos y Derechos Laborales

Hostigamiento y Acoso Laboral en Perú 2026: Mobbing, Cómo Denunciar

¿Sufres acoso laboral o mobbing? Guía sobre hostigamiento laboral en Perú: tipos, cómo identificarlo, denunciar en SUNAFIL y proteger tus derechos.

SueldoJusto.pe | Actualizado: 16 min de lectura
Hostigamiento y Acoso Laboral en Perú 2026: Mobbing, Cómo Denunciar

¿Tu jefe te humilla frente a tus compañeros, te asigna tareas imposibles o recibes insinuaciones sexuales? El hostigamiento laboral —también llamado acoso laboral o mobbing— puede requerir evaluación como acto de hostilidad u otra vulneración, y puedes comunicar los hechos ante tu empleador, SUNAFIL o la vía judicial.

En esta guía verás qué es el acoso laboral y mobbing, cómo diferenciarlos del hostigamiento sexual, los pasos para denunciar y qué protección tienes contra represalias, además de las vías para reclamar indemnización por daños cuando corresponda según evaluación judicial.

Resumen en 30 segundos: Las conductas de acoso laboral deben evaluarse según los hechos y la norma aplicable. Si eres víctima, puedes denunciar internamente, ante SUNAFIL o judicialmente. La protección frente a represalias y una eventual pretensión de reparación deben revisarse según el caso y la vía aplicable.

AspectoHostigamiento SexualMobbing (Acoso Laboral)
NaturalezaConducta sexual no deseadaConducta hostil sistemática
LeyLey 27942Art. 30 D.S. 003-97-TR
Denuncia internaRecursos Humanos; investiga Comité o DelegadoQueja al empleador/RRHH
Plazo para reclamarDepende de la vía; no hay ese límite general para la queja internaRevisar la acción específica y su cómputo
IndemnizaciónRequiere analizar procedencia, hechos y víaRequiere analizar procedencia, hechos y vía

¿Qué es el Hostigamiento Laboral (Acoso Laboral o Mobbing)?

El término acoso laboral o mobbing suele describir conductas hostiles, humillantes o intimidatorias repetidas en el trabajo. Su calificación jurídica exige examinar los hechos y la norma aplicable: pueden requerir análisis como actos de hostilidad u otras vulneraciones.

Un conflicto puntual o una llamada de atención justificada no constituye por sí solo una infracción. Para ordenar el caso, describe las conductas, su contexto, frecuencia y efectos, sin exigir acreditar una intención específica ni aplicar una lista como test legal. Si hay componente sexual o sexista, consulta la guía de hostigamiento sexual laboral, que tiene reglas propias.

El hostigamiento laboral en Perú está regulado por varias normas:

NormaContenido
Ley 27942Ley de Prevención y Sanción del Hostigamiento Sexual
D.S. 014-2019-MIMPReglamento de la Ley 27942
D.S. 003-97-TR, Art. 30Actos de hostilidad del empleador
Ley 29783Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo
Constitución, Art. 2 inc. 1Derecho a la integridad física y psicológica

Es importante distinguir que la Ley 27942 se enfoca específicamente en el hostigamiento sexual, mientras que el mobbing o acoso laboral sin connotación sexual se protege principalmente a través del artículo 30 del D.S. 003-97-TR (actos de hostilidad) y la normativa general sobre derechos fundamentales.

Tipos de Acoso Laboral: Hostigamiento Sexual vs. Mobbing

Aunque ambos son formas de violencia laboral, es crucial diferenciarlos porque tienen procedimientos distintos. El Convenio 190 de la OIT, ratificado por Perú mediante la Ley 31415, amplía el enfoque de prevención de la violencia y el acoso en el mundo del trabajo. Su hoja de ruta de implementación aún está en elaboración; mientras tanto, siguen aplicando la Ley 27942, el artículo 30 del D.S. 003-97-TR y los canales vigentes de denuncia.

Hostigamiento Sexual

Comprende conductas de naturaleza o connotación sexual o sexista no deseadas, sin exigir reiteración ni rechazo expreso. Su evaluación corresponde al procedimiento competente. La guía de hostigamiento sexual laboral desarrolla los ejemplos, las medidas de protección y las vías aplicables.

Mobbing: Acoso Laboral sin Connotación Sexual

El mobbing, también llamado acoso laboral o bullying laboral, es el hostigamiento psicológico sistemático que no tiene connotación sexual. Se manifiesta a través de conductas de violencia laboral como:

ConductaDescripción
Aislamiento socialExcluir al trabajador de reuniones, comunicaciones o espacios comunes
Ataques a la reputaciónDifundir rumores, criticar constantemente, ridiculizar
Sobrecarga laboralAsignar tareas imposibles de cumplir o plazos irreales
InfrautilizaciónNo asignar tareas o dar funciones muy inferiores al cargo
AmenazasIntimidar con el despido, sanciones o cambios de puesto
ManipulaciónCambiar instrucciones, ocultar información, sabotear el trabajo
Agresión verbalGritos, insultos, humillaciones públicas

Diferencias Clave

AspectoHostigamiento SexualMobbing
NaturalezaConducta sexual o sexistaConducta hostil sin connotación sexual
Ley específicaLey 27942 y su reglamentoArt. 30 D.S. 003-97-TR
Procedimiento internoRecursos Humanos y Comité o Delegado según tamañoVía que corresponda a los hechos
ReiteraciónNo es requisito; los hechos se evalúanLa sistematicidad caracteriza el mobbing
ConsecuenciasSegún investigación y decisión competenteSegún los hechos y la vía aplicable

Conductas que Constituyen Hostigamiento

Para identificar si estás siendo víctima, aquí tienes una lista de conductas que pueden constituir hostigamiento laboral.

Conductas de Hostigamiento Sexual

La Ley 27942 contempla un listado no exhaustivo de manifestaciones sexuales o sexistas. Consulta los ejemplos y criterios del hostigamiento sexual laboral sin trasladar a esa figura los requisitos del mobbing.

Conductas de Mobbing

Aunque no existe una lista legal taxativa en Perú, la doctrina y jurisprudencia reconocen:

  1. Gritar, insultar o humillar al trabajador
  2. Asignar objetivos inalcanzables o tareas absurdas
  3. Quitar responsabilidades sin justificación
  4. Ignorar o excluir de manera sistemática
  5. Difundir rumores maliciosos sobre el trabajador
  6. Criticar constantemente el trabajo sin razón
  7. Retener información necesaria para las funciones
  8. Evaluar negativamente el trabajo de forma injustificada
  9. Amenazar con despido o sanciones
  10. Impedir el desarrollo profesional bloqueando ascensos o capacitaciones

Actos de Hostilidad según el D.S. 003-97-TR

El artículo 30 del D.S. 003-97-TR establece que son actos de hostilidad equiparables al despido:

LiteralActo de Hostilidad
a)Falta de pago oportuno de la remuneración
b)Reducción inmotivada de la remuneración o categoría
c)Traslado del trabajador a lugar distinto para causarle perjuicio
d)Inobservancia de medidas de higiene y seguridad
e)Acto de violencia o faltamiento grave de palabra
f)Actos de discriminación
g)Actos contra la moral y dignidad del trabajador

La Ley 27942 regula específicamente el hostigamiento sexual. Para evaluar un cese de hostilidad o una extinción del vínculo, revisa los hechos, requisitos y plazos con asesoría; no se genera automáticamente una indemnización. Consulta la guía de despido arbitrario para ese supuesto.

¿Cómo Identificar si Eres Víctima de Hostigamiento?

A veces es difícil reconocer que estás siendo hostigado, especialmente cuando las conductas son sutiles o se normalizan en el ambiente laboral. Estas señales pueden ayudarte:

Señales Emocionales

  • Sientes ansiedad o temor antes de ir al trabajo
  • Experimentas tristeza o desesperanza relacionadas al trabajo
  • Tienes problemas para dormir pensando en situaciones laborales
  • Sientes que tu autoestima ha disminuido
  • Tienes ataques de pánico o angustia

Señales Físicas

  • Dolores de cabeza frecuentes
  • Problemas gastrointestinales (gastritis, colitis)
  • Tensión muscular, especialmente en cuello y espalda
  • Fatiga constante
  • Cambios en el apetito

Señales en el Trabajo

  • Te excluyen de reuniones o comunicaciones importantes
  • Tus logros no son reconocidos o se atribuyen a otros
  • Recibes críticas constantes sin retroalimentación constructiva
  • Te asignan tareas muy por debajo o por encima de tu capacidad
  • Percibes un trato diferenciado negativo respecto a tus compañeros

Preguntas para ordenar lo ocurrido

Esta guía orientativa para conductas no sexuales no es un diagnóstico ni un requisito para quejarte. Anota qué ocurrió, cuándo, quiénes participaron y cómo afectó tu trabajo o salud. No hay una puntuación, frecuencia semanal ni duración mínima de seis meses que determine el vínculo jurídico.

Para conductas sexuales o sexistas, consulta la guía específica: no requieren reiteración ni rechazo expreso.

Procedimiento de Denuncia Interna

Los canales dependen de la figura. Para hostigamiento sexual, el artículo 8 del Reglamento prohíbe exigir agotar el procedimiento interno antes de acudir a otra instancia. No traslades a todos los casos los requisitos de una acción específica por hostilidad.

Para Hostigamiento Sexual: Comité de Intervención

En el sector privado, Recursos Humanos o quien haga sus veces recibe la queja. El Comité investiga en centros con 20 o más trabajadores; en los de menos de 20, lo hace un Delegado o Delegada. Revisa las etapas, medidas de protección y plazos de hostigamiento sexual. Son reglas específicas y no un procedimiento general para cualquier acoso laboral.

Para Mobbing: Queja al Empleador

Aunque no existe un procedimiento tan detallado como para el hostigamiento sexual, puedes:

  1. Presentar queja escrita dirigida a Recursos Humanos o a la Gerencia
  2. Detallar las conductas con fechas, testigos y evidencias
  3. Solicitar medidas correctivas y de protección
  4. Guardar copia sellada de tu queja
  5. Solicitar información sobre la respuesta y las medidas pertinentes; no hay aquí un plazo general verificado para toda queja.

¿Qué Hacer si la Empresa No Actúa?

Si la empresa:

  • No tiene Comité de Intervención (cuando debería tenerlo)
  • No investiga tu denuncia
  • Toma represalias en tu contra
  • El agresor es el dueño o gerente general

Puedes acudir directamente a instancias externas: SUNAFIL, Ministerio de la Mujer (para hostigamiento sexual) o Poder Judicial.

Denuncia ante SUNAFIL

SUNAFIL puede intervenir en casos de hostigamiento laboral como parte de su función fiscalizadora. Para investigar el caso individual de hostigamiento sexual, la orientación oficial de SUNAFIL precisa que la identidad de la persona afectada no puede mantenerse reservada; no confundas esto con la reserva del procedimiento interno.

¿Qué Puede Hacer SUNAFIL?

Sí puedeNo puede
Verificar si la empresa tiene políticas contra hostigamientoSancionar directamente al hostigador
Inspeccionar el cumplimiento del procedimiento internoOrdenar indemnización al trabajador
Multar a la empresa por infracciones laboralesResolver el conflicto entre las partes
Requerir la implementación del Comité de IntervenciónDisponer el despido del agresor

Cómo Denunciar en SUNAFIL

Puedes presentar tu denuncia de tres formas:

1. Denuncia Virtual (Recomendada)

  1. Ingresa a www.gob.pe/sunafil
  2. Selecciona “Presenta tu denuncia”
  3. Elige “Denuncia laboral”
  4. Completa el formulario con:
    • Tus datos personales
    • RUC y dirección de la empresa
    • Descripción detallada de los hechos
    • Adjunta evidencias si las tienes
  5. Guarda el número de expediente

2. Denuncia Presencial

Acude a la oficina de SUNAFIL más cercana con:

  • DNI original
  • Datos del empleador (RUC, dirección)
  • Documentos de prueba

3. Línea Telefónica

  • 0800-16872 (gratuita desde fijo)
  • (01) 390-2800 (desde celular)

Para más detalles sobre el procedimiento, consulta nuestra guía completa sobre cómo denunciar en SUNAFIL.

Multas por Infracciones Relacionadas

Las multas dependen de la infracción, el tamaño de empresa y los criterios aplicables. No equivalen a una indemnización para la persona afectada. Para hostigamiento sexual, consulta las obligaciones y vías específicas y la información vigente de SUNAFIL.

Orientación para situaciones sexuales o sexistas

Los canales, la protección y la orientación de hostigamiento sexual se desarrollan en la guía específica, con remisión a fuentes institucionales. No son el mismo procedimiento que una queja por mobbing o una acción por hostilidad no sexual.

Vía Judicial: Demanda por Daños y Perjuicios

Si el hostigamiento te ha causado daños, puedes demandar judicialmente.

Tipos de Demanda

1. Demanda por Indemnización de Daños y Perjuicios

Puedes solicitar:

Tipo de DañoDescripción
Daño moralAfectación a tu dignidad, honor, reputación
Daño a la saludGastos médicos, tratamientos psicológicos
Lucro cesanteIngresos dejados de percibir
Daño emergenteGastos directos por el hostigamiento

2. Cese de Hostilidad y Despido Indirecto

El artículo 30 de la LPCL establece un emplazamiento escrito previo, con un plazo no menor de seis días naturales, para la actuación por hostilidad que corresponda. Su acción judicial tiene una regla de caducidad en el artículo 36; no es un plazo general para toda queja ni se resume como treinta días hábiles después del requerimiento.

Antes de extinguir el vínculo o demandar, revisa con asesoría la acción, los hechos y el cómputo legal. El hostigamiento sexual tiene además reglas específicas en los artículos 26.3 y 26.4 de su Reglamento. Consulta el TUO de la LPCL y la guía de hostigamiento sexual según el supuesto.

Protección Contra Represalias

Una preocupación común es: ¿Me despedirán si denuncio? La ley contempla protección.

Despido Nulo por Represalia

El artículo 29 del D.S. 003-97-TR establece que es nulo el despido motivado por:

  • Presentar una queja o participar en un proceso contra el empleador
  • Ser testigo en un procedimiento de esta naturaleza

Si te despiden por denunciar hostigamiento, puedes demandar por despido nulo, lo que implica:

ConsecuenciaDescripción
ReposiciónEl juez ordena tu regreso al trabajo
Remuneraciones caídasCobro de sueldos desde el despido hasta la reposición
Protección reforzadaDificultad para despedirte nuevamente

Otras Represalias Prohibidas

No solo el despido está prohibido. También son ilegales:

  • Reducción de sueldo o beneficios
  • Cambio de puesto o funciones desfavorable
  • Exclusión de proyectos o capacitaciones
  • Trato hostil por parte de superiores o compañeros
  • Negación de permisos o vacaciones

Si sufres cualquier represalia, documéntala y denúnciala como un nuevo acto de hostilidad.

Indemnización y Consecuencias para el Hostigador

Para la Víctima

Según los hechos, la prueba y la vía, puede evaluarse una pretensión de reparación; su procedencia y monto no se garantizan. Estos son conceptos que requieren revisión:

ConceptoVía
Indemnización por despido indirectoDemanda laboral
Daño moralDemanda civil o laboral
Daño a la saludDemanda civil o laboral
Gastos de tratamientoDemanda civil o laboral

Para el Hostigador

Las consecuencias pueden incluir:

ConsecuenciaDescripción
Despido por falta graveEl hostigamiento sexual es causal de despido según Art. 25 D.S. 003-97-TR
InhabilitaciónPosible inhabilitación para ejercer cargos públicos
Responsabilidad penalEn casos graves, puede configurar delitos como coacción, acoso, etc.
Responsabilidad civilPago de indemnización a la víctima

Para la Empresa

ConsecuenciaDescripción
Multas de SUNAFILSegún infracción acreditada y criterios legales aplicables
Demandas judicialesEventuales obligaciones según decisión competente
Daño reputacionalAfectación a la imagen corporativa
ResponsabilidadDepende del supuesto y obligaciones acreditadas

Consejos Prácticos para Denunciar

Documenta Todo

  • Guarda correos electrónicos que evidencien las conductas
  • Conserva mensajes de WhatsApp (capturas de pantalla)
  • Anota fechas, horas y testigos de cada incidente
  • Solicita certificados médicos si el hostigamiento afectó tu salud

Preserva información con orientación

La obtención, privacidad y admisibilidad de material sensible dependen del contexto. No asumas una autorización general para grabar o difundir conversaciones; consulta cómo conservar y presentar la información a la que tengas acceso legítimo.

Busca Apoyo

  • Habla con compañeros de confianza que puedan ser testigos
  • Busca apoyo psicológico para manejar el estrés
  • Consulta con un abogado laboralista antes de tomar decisiones
  • Acude al sindicato si tu empresa tiene uno

No Renuncies Bajo Presión

Si te presionan para renunciar:

  • No firmes nada sin leerlo con calma
  • Si firmas, escribe “bajo protesta” o “no conforme”
  • Una renuncia coaccionada puede ser impugnada judicialmente

Tu Derecho a un Trabajo Digno

El hostigamiento laboral no es parte del trabajo. Nadie tiene derecho a humillarte, acosarte o maltratarte en tu centro de labores. La ley peruana te protege y tienes herramientas para defenderte.

Recuerda:

  • El hostigamiento sexual tiene un procedimiento específico con el Comité de Intervención
  • El mobbing puede denunciarse como acto de hostilidad ante tu empleador
  • Si la empresa no actúa, puedes acudir a SUNAFIL o al Poder Judicial
  • La ley te protege contra represalias por denunciar
  • Podrías tener derecho a indemnización por los daños sufridos

No estás solo/a. Busca ayuda, documenta las conductas y ejerce tus derechos. Un trabajo digno es posible.

👉 Si el hostigamiento ha afectado tu empleo, usa nuestra Calculadora de Liquidación para conocer los beneficios que te corresponden.


Cómo verificamos esta información

Este artículo fue revisado por el equipo editorial de SueldoJusto.pe, dedicado al análisis de la normativa laboral peruana. Para asegurar la mayor precisión posible, consultamos las siguientes fuentes oficiales:

Última verificación normativa: Julio 2026 Próxima revisión programada: Enero 2027

¿Notaste algún cambio normativo reciente? Escríbenos a contacto@sueldojusto.pe (fines editoriales; no brindamos asesoría legal personalizada)


La información contenida en este artículo tiene fines exclusivamente educativos e informativos y no constituye asesoría legal personalizada. SueldoJusto.pe no es un estudio de abogados ni brinda servicios jurídicos.

Los procedimientos y resultados de cualquier denuncia dependen de las circunstancias particulares de cada caso y de la evaluación de las autoridades competentes. No garantizamos ningún resultado específico.

Para casos de hostigamiento laboral, te recomendamos consultar directamente con un abogado laboralista colegiado, los Centros Emergencia Mujer (Línea 100), o la Defensoría del Pueblo.

Normas citadas:

  • Ley 27942 (Ley de Prevención y Sanción del Hostigamiento Sexual)
  • D.S. 014-2019-MIMP (Reglamento de la Ley 27942)
  • D.S. 003-97-TR, Art. 29, 30 (Actos de hostilidad y despido nulo)
  • Ley 29783 (Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo)

Última actualización: Julio 2026


Nota Legal: Este artículo es informativo. Los montos son referenciales y pueden variar según la normativa vigente. Para cálculos oficiales, consulte con el área contable de su empresa.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es la diferencia entre hostigamiento sexual y mobbing?
El hostigamiento sexual comprende conductas sexuales o sexistas no deseadas y no exige reiteración ni rechazo expreso. El mobbing se refiere a hostigamiento psicológico sin ese componente. Consulta la [guía específica de hostigamiento sexual laboral](/blog/hostigamiento-sexual-laboral-peru/) para sus canales y procedimiento.
¿Qué es el acoso laboral o mobbing?
El acoso laboral, también llamado mobbing o bullying laboral, es el hostigamiento psicológico sistemático que se ejerce contra un trabajador mediante conductas como aislamiento, humillaciones públicas, sobrecarga de trabajo o amenazas. Su calificación como acto de hostilidad u otra vulneración exige revisar los hechos y las normas aplicables; no todo conflicto es una infracción.
¿Puedo denunciar hostigamiento laboral si ya renuncié?
El cese no resuelve por sí solo qué vía está disponible. Los plazos dependen de la acción, el régimen y su cómputo; no hay una ventana general de cuatro años desde los hechos para toda denuncia. Consulta con prontitud qué canal corresponde a tu caso.
¿Qué pasa si mi empresa no tiene un Comité de Intervención?
En hostigamiento sexual, los centros con 20 o más trabajadores deben contar con Comité y los de menos de 20 con Delegado o Delegada. La ausencia del órgano no elimina las obligaciones del empleador. Revisa la [guía del procedimiento específico](/blog/hostigamiento-sexual-laboral-peru/).
¿Me pueden despedir por denunciar hostigamiento?
\"No legalmente. El artículo 29 del D.S. 003-97-TR protege a los trabajadores que denuncian ante autoridades. Si te despiden en represalia, podrías demandar por despido nulo y solicitar tu reposición más remuneraciones caídas.\"
¿Cuánto tiempo demora una investigación de hostigamiento?
Los plazos dependen de la figura y de la vía. Para hostigamiento sexual privado, consulta las etapas y sus puntos de inicio en la [guía específica](/blog/hostigamiento-sexual-laboral-peru/); no se aplican automáticamente al mobbing ni a un proceso inspectivo o judicial.
¿Qué pruebas necesito para denunciar hostigamiento?
Conserva correos, mensajes, información de testigos y documentos de salud que sean pertinentes y a los que tengas acceso legítimo. Su valoración depende del caso y de la vía. No asumas que cualquier grabación es válida ni accedas a cuentas ajenas; solicita orientación sobre material sensible.
¿Puedo recibir indemnización por hostigamiento laboral?
Puede corresponder reclamar una reparación si los hechos, el supuesto jurídico y la vía lo permiten. La procedencia y el monto dependen de la prueba y de la decisión competente; la sola denuncia no genera indemnización. Antes de extinguir el vínculo, consulta los requisitos y plazos del caso.
¿La denuncia en SUNAFIL es confidencial?
La reserva depende del supuesto. SUNAFIL precisa que la identidad de la persona afectada no puede mantenerse reservada para investigar su caso individual de hostigamiento sexual. Consulta el tratamiento específico y los límites en la [guía de hostigamiento sexual](/blog/hostigamiento-sexual-laboral-peru/).
¿Qué debo hacer si mi jefe me hostiga para que renuncie?
Conserva la información sobre las presiones y consulta antes de firmar o extinguir el vínculo. La actuación por hostilidad tiene requisitos y plazos propios que no se trasladan a toda queja. Si existe componente sexual o sexista, revisa la guía específica de hostigamiento sexual y sus canales.
¿Puedo grabar conversaciones como prueba de hostigamiento laboral?
La obtención y admisibilidad de una grabación requieren revisar el contexto y los derechos involucrados. No hay aquí una autorización general para grabar o difundir conversaciones. Conserva la información a la que accedes legítimamente y consulta cómo preservar y presentar material sensible.

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Revisado por el equipo editorial de SueldoJusto.pe

Equipo editorial enfocado en normativa laboral y beneficios del trabajador peruano.

Contenido elaborado con base en la normativa laboral vigente y datos oficiales de SUNAT, SBS, SUNAFIL y el Ministerio de Trabajo. Última verificación: . Este contenido no reemplaza la consulta con un abogado laboralista o contador colegiado.