Teletrabajo Trabajo Remoto Ley 31572

Teletrabajo en Perú 2026: Guía Completa de la Ley 31572

Guía del teletrabajo en Perú 2026: Ley 31572, equipos, internet, electricidad, desconexión digital y tus derechos. ¡Normativa actualizada y explicada!

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Teletrabajo en Perú 2026: Guía Completa de la Ley 31572

¿Trabajas desde casa o estás considerando hacerlo? El teletrabajo en Perú dejó de ser una medida de emergencia para convertirse en una modalidad laboral permanente y regulada. Desde la vigencia de la Ley 31572, tanto empleadores como trabajadores tienen reglas claras sobre cómo debe funcionar esta forma de trabajo.

Muchos trabajadores desconocen que la ley les otorga derechos específicos: compensación por gastos de internet y electricidad, provisión de equipos, capacitación, y el importante derecho a la desconexión digital. Por otro lado, los empleadores también tienen obligaciones que deben cumplir.

En esta guía completa te explicamos todo lo que necesitas saber sobre el teletrabajo en Perú 2026: qué dice la ley, cuáles son tus derechos, qué puede y qué no puede hacer tu empleador, y cómo protegerte si no se cumplen las normas.

¿Qué es el teletrabajo en Perú?

El teletrabajo es una modalidad de prestación de servicios subordinada, caracterizada por la utilización de tecnologías de la información y comunicaciones (TIC), donde el trabajador desempeña sus funciones fuera del centro de trabajo del empleador.

A diferencia del trabajo presencial tradicional, el teletrabajador no acude físicamente a la oficina (o lo hace parcialmente), pero mantiene una relación laboral completa con todos los derechos y obligaciones que eso implica.

Características principales del teletrabajo

CaracterísticaDescripción
SubordinaciónExiste relación de dependencia con el empleador
Uso de TICSe emplean plataformas y tecnologías digitales
UbicaciónFuera del centro de trabajo (domicilio u otro lugar)
VoluntariedadRequiere acuerdo entre las partes
ReversibilidadPuede retornarse a la presencialidad

Diferencia entre teletrabajo y trabajo remoto

Durante la pandemia, muchos trabajadores peruanos conocieron el trabajo remoto, que fue una medida excepcional establecida por el Decreto de Urgencia 026-2020. Es importante que no confundas ambos conceptos:

AspectoTrabajo Remoto (D.U. 026-2020)Teletrabajo (Ley 31572)
VigenciaMedida temporal por pandemia (ya no vigente desde 2023)Modalidad permanente
AplicaciónUnilateral por el empleadorRequiere acuerdo entre partes
Provisión de equiposNo obligatoriaObligatoria o compensación
Compensación de gastosNo regulada específicamenteObligatoria (internet, electricidad)
Desconexión digitalReconocidaExpresamente regulada

Importante: Si actualmente trabajas desde casa bajo la modalidad que se estableció durante la pandemia, tu situación debería haberse adecuado a la Ley 31572. Si tu empleador no ha formalizado el teletrabajo, es recomendable solicitar la regularización.

El teletrabajo en Perú está regulado por las siguientes normas:

NormaDescripción
Ley 31572Ley del Teletrabajo (11/09/2022)
D.S. 002-2023-TRReglamento de la Ley del Teletrabajo (26/02/2023)
D.S. 003-97-TRTUO D.L. 728 - Normas generales laborales (aplicación supletoria)
TUO D.L. 854Ley de Jornada de Trabajo (aplicación supletoria)

La Ley 31572 y su Reglamento establecen el marco específico, mientras que las normas laborales generales aplican de manera complementaria en todo lo que no esté expresamente regulado.

Modalidades de teletrabajo

La ley reconoce que el teletrabajo puede implementarse de diferentes formas según las necesidades de la empresa y el trabajador.

Teletrabajo total

En esta modalidad, el trabajador presta sus servicios exclusivamente desde fuera del centro de trabajo. No acude a la oficina en ningún momento de la semana.

Ejemplo: Ana es analista de sistemas y trabaja desde su domicilio en Arequipa para una empresa con sede en Lima. Todas sus labores las realiza de forma remota y solo viaja a Lima para reuniones especiales una vez al trimestre.

Teletrabajo parcial o híbrido

Esta es probablemente la modalidad más común actualmente. El trabajador alterna entre presencialidad y teletrabajo según lo acordado.

Ejemplo: Carlos trabaja 3 días desde casa y 2 días en la oficina. Los lunes, miércoles y viernes teletrabaja, mientras que martes y jueves acude al centro de trabajo.

Lugar de teletrabajo

El teletrabajo puede realizarse desde:

  • Domicilio del trabajador: Es el lugar más común
  • Otro lugar elegido por el trabajador: Con conocimiento del empleador
  • Lugares designados por el empleador: Centros de coworking, sucursales, etc.

Nota: El lugar de teletrabajo debe ser comunicado al empleador para efectos de seguridad, salud ocupacional y posibles fiscalizaciones.

Requisitos para acceder al teletrabajo

No todos los puestos ni todas las situaciones permiten el teletrabajo. Existen condiciones que deben cumplirse para que esta modalidad sea viable.

Voluntariedad y acuerdo

El artículo 5 de la Ley 31572 establece que el teletrabajo es voluntario para ambas partes. Esto significa que:

  • El trabajador no puede imponer unilateralmente el teletrabajo
  • El empleador tampoco puede obligar al trabajador a teletrabajar (salvo excepciones)
  • Debe existir un acuerdo entre ambas partes

El acuerdo de teletrabajo puede establecerse:

MomentoFormalidad
Al inicio de la relación laboralEn el contrato de trabajo
Durante la relación laboralMediante adenda o acuerdo escrito

Contenido del acuerdo de teletrabajo

Según el Reglamento (D.S. 002-2023-TR), el acuerdo debe contener como mínimo:

  • Identificación de las partes
  • Modalidad de teletrabajo (total o parcial)
  • Lugar o lugares de teletrabajo
  • Jornada de trabajo
  • Mecanismos de supervisión y control
  • Equipos y herramientas a proporcionar
  • Monto y forma de compensación de gastos
  • Duración del acuerdo (determinada o indeterminada)
  • Condiciones de reversibilidad

Reversibilidad

Una característica fundamental del teletrabajo es su reversibilidad. Tanto el empleador como el trabajador pueden solicitar el retorno a la modalidad presencial.

¿Cómo funciona la reversibilidad?

Quien solicitaProcedimientoPlazo
TrabajadorComunicación escrita al empleador10 días hábiles de anticipación
EmpleadorComunicación escrita al trabajador15 días hábiles de anticipación

Importante: La reversibilidad no puede usarse como represalia. Si un empleador te cambia a presencial como forma de presión o castigo, podría constituir un acto de hostilidad laboral.

Derechos del teletrabajador

Este es probablemente el aspecto más importante de la Ley 31572. Como teletrabajador, tienes derechos específicos que tu empleador debe respetar.

Provisión de equipos y herramientas

El artículo 7 de la Ley 31572 establece que el empleador debe proporcionar al teletrabajador:

  • Equipos tecnológicos (laptop, computadora, tablet)
  • Herramientas necesarias para el trabajo
  • Software y acceso a sistemas
  • Servicio técnico y soporte
  • Mantenimiento de los equipos

¿Qué pasa si uso mis propios equipos?

Si por acuerdo entre las partes utilizas tus propios equipos, el empleador debe:

  • Compensarte económicamente por el uso
  • Garantizar que sean adecuados para el trabajo
  • Asumir los costos de mantenimiento y reparación
EscenarioResponsabilidad del empleador
Equipos proporcionados por el empleadorProvisión, mantenimiento, soporte técnico
Equipos propios del trabajadorCompensación económica acordada

Compensación por gastos (internet, electricidad)

Este es uno de los derechos más relevantes y que muchos trabajadores desconocen. El artículo 8 de la Ley 31572 obliga al empleador a compensar los gastos de:

  • Servicio de internet
  • Energía eléctrica
  • Otros servicios necesarios para el teletrabajo

¿Cuánto debe pagarme mi empleador por internet y electricidad?

La ley no establece un monto fijo. El Reglamento indica que:

  1. El monto se acuerda entre las partes
  2. Si no hay acuerdo, lo determina el empleador de forma razonable
  3. Debe cubrir el gasto efectivo o proporcional

Ejemplo de cálculo proporcional:

ConceptoMonto mensualHoras de uso laboralProporciónCompensación
Internet (100 Mbps)S/ 1008 hrs × 22 días = 176 hrs176/720 = 24%S/ 24.00
ElectricidadS/ 150Similar proporción~20-25%S/ 30-37
Total estimadoS/ 54-61

Nota: Este cálculo es referencial. El monto real depende del acuerdo con tu empleador y los consumos efectivos. Algunos empleadores optan por montos fijos mensuales (S/ 50, S/ 80, S/ 100) para simplificar.

Característica importante: La compensación por gastos de teletrabajo no tiene carácter remunerativo. Esto significa que no forma parte de tu sueldo y no se considera para el cálculo de beneficios como CTS o gratificación.

Capacitación

El empleador debe capacitar al teletrabajador en:

  • Uso de herramientas tecnológicas
  • Medidas de seguridad de la información
  • Ergonomía y prevención de riesgos
  • Protección de datos personales

Esta capacitación debe realizarse al inicio del teletrabajo y actualizarse periódicamente.

Igualdad de derechos

El artículo 6 de la Ley 31572 garantiza que los teletrabajadores tienen los mismos derechos que los trabajadores presenciales:

Derecho¿Aplica al teletrabajador?
Remuneración✅ Sí, íntegra
CTS✅ Sí, completa
Gratificaciones✅ Sí, julio y diciembre
Vacaciones✅ Sí, 30 días por año
Asignación familiar✅ Sí, si corresponde
Seguro de salud (EsSalud)✅ Sí
Aportes AFP/ONP✅ Sí
Utilidades✅ Sí, si la empresa genera
Estabilidad laboral✅ Sí
Sindicalización✅ Sí

Recuerda: Tu empleador no puede reducirte el sueldo ni quitarte beneficios por el hecho de teletrabajar. Si esto ocurre, podría constituir un acto de hostilidad.

Derecho a la desconexión digital

Uno de los avances más importantes de la Ley 31572 es el reconocimiento expreso del derecho a la desconexión digital.

¿Qué es la desconexión digital?

Es el derecho del teletrabajador a no estar conectado a las plataformas digitales del empleador fuera de su jornada laboral. Esto incluye:

  • No atender llamadas de trabajo
  • No responder correos electrónicos
  • No conectarse a sistemas o plataformas
  • No realizar tareas laborales
  • Descansar sin interrupciones

El artículo 9 de la Ley 31572 establece que:

“El teletrabajador tiene derecho a la desconexión digital, que consiste en el derecho a desconectarse de los medios informáticos, de telecomunicaciones y análogos utilizados para la prestación de servicios durante los períodos de descanso…”

¿Cuándo aplica la desconexión digital?

Momento¿Aplica desconexión?
Fuera de la jornada laboral✅ Sí
Días de descanso semanal✅ Sí
Feriados✅ Sí
Vacaciones✅ Sí
Licencias✅ Sí
Horario de refrigerio✅ Sí

Excepciones al derecho de desconexión

La ley establece que el derecho a la desconexión digital no aplica a:

  • Trabajadores de dirección: Gerentes, directores, personal de alta dirección
  • Trabajadores no sujetos a fiscalización inmediata: Aquellos que administran su propio tiempo
  • Situaciones de fuerza mayor: Emergencias que requieran atención inmediata

Importante: Si eres un trabajador regular con horario definido, tu empleador no puede exigirte que contestes mensajes de WhatsApp a las 10 de la noche ni que revises correos los domingos. Tienes derecho a descansar.

Sanciones por incumplimiento

Si el empleador vulnera sistemáticamente tu derecho a la desconexión digital:

  1. Podría constituir un acto de hostilidad equiparable al despido
  2. SUNAFIL puede imponer multas administrativas
  3. Podrías tener derecho a indemnización por daños

Obligaciones del empleador

La Ley 31572 y su Reglamento establecen obligaciones claras para los empleadores que implementan el teletrabajo.

Lista de obligaciones principales

ObligaciónBase legalDescripción
Proporcionar equiposArt. 7 Ley 31572O compensar si el trabajador usa los propios
Compensar gastosArt. 8 Ley 31572Internet, electricidad, otros necesarios
Respetar desconexión digitalArt. 9 Ley 31572No contactar fuera de jornada
Capacitar al trabajadorArt. 10 Ley 31572En tecnología, ergonomía, seguridad
Garantizar igualdadArt. 6 Ley 31572Mismos derechos que trabajadores presenciales
Seguridad y saludArt. 11 Ley 31572Identificar riesgos, capacitar, prevenir
Formalizar por escritoArt. 13 ReglamentoContrato o adenda de teletrabajo
Registrar en T-RegistroArt. 14 ReglamentoDeclarar la modalidad ante SUNAT

Provisión de equipos y compensación

El empleador tiene tres opciones para cumplir con la provisión de equipos:

  1. Proporcionar directamente los equipos al trabajador
  2. Compensar económicamente si el trabajador usa sus propios equipos
  3. Modelo mixto: Proporcionar algunos equipos y compensar por otros

La compensación debe ser oportuna (generalmente junto con la remuneración mensual) y debe estar documentada en la boleta de pago o constancia separada.

Seguridad y salud en el teletrabajo

Aunque el trabajador presta servicios desde su domicilio, el empleador mantiene responsabilidades en materia de seguridad y salud:

  • Identificar riesgos del lugar de teletrabajo
  • Proporcionar información sobre ergonomía
  • Capacitar en prevención de riesgos
  • Establecer procedimientos para reportar accidentes
  • Considerar los accidentes ocurridos durante el teletrabajo

Obligaciones del teletrabajador

El teletrabajo implica derechos pero también obligaciones. Como teletrabajador, debes cumplir con:

Obligaciones principales

ObligaciónDescripción
Cumplir la jornadaTrabajar las horas acordadas
Realizar las tareasCumplir con las funciones asignadas
Cuidar los equiposMantener en buen estado los bienes del empleador
ConfidencialidadProteger la información de la empresa
DisponibilidadEstar accesible durante la jornada
Reportar accidentesInformar cualquier incidente de seguridad
Participar en capacitacionesAsistir a las formaciones programadas
Informar cambiosComunicar si cambia el lugar de teletrabajo

Cuidado de equipos e información

Si la empresa te proporciona equipos:

  • Úsalos exclusivamente para fines laborales (salvo acuerdo distinto)
  • No los prestes ni permitas su uso por terceros
  • Reporta cualquier falla o daño oportunamente
  • Devuélvelos al término del teletrabajo

Respecto a la información:

  • Mantén la confidencialidad de datos de la empresa
  • No compartas accesos ni contraseñas
  • Usa redes seguras para conectarte
  • Reporta cualquier incidente de seguridad

Jornada laboral en el teletrabajo

El hecho de trabajar desde casa no modifica las normas sobre jornada laboral. Se aplican las mismas reglas que para el trabajo presencial.

TipoLímite
Jornada diaria8 horas
Jornada semanal48 horas

El empleador y el trabajador pueden acordar jornadas diferentes, respetando los límites legales.

Control de asistencia

El empleador puede implementar mecanismos de control de asistencia para teletrabajadores:

  • Sistemas de marcación digital
  • Conexión a plataformas con registro de hora
  • Reportes de inicio y fin de jornada
  • Otras herramientas acordadas

Importante: Los mecanismos de control deben respetar la privacidad del trabajador. No está permitido el monitoreo constante mediante cámaras ni software invasivo sin consentimiento.

Horas extras en teletrabajo

Si trabajas más allá de tu jornada habitual con autorización del empleador, tienes derecho al pago de horas extras:

Tipo de hora extraRecargo
Primeras 2 horas25% adicional
Desde la 3ra hora35% adicional

Ejemplo: Tu jornada es de 9am a 6pm (con una hora de refrigerio). Si trabajas hasta las 9pm con autorización:

  • Horas extra: 3 horas
  • Primeras 2 horas: Valor hora × 1.25
  • Tercera hora: Valor hora × 1.35

Calcula tus horas extras con nuestra Calculadora de Horas Extras

Seguridad y salud en el teletrabajo

El trabajo desde casa tiene riesgos específicos que tanto empleador como trabajador deben considerar.

Riesgos comunes del teletrabajo

RiesgoDescripciónPrevención
ErgonómicoMalas posturas, mobiliario inadecuadoSilla ergonómica, escritorio adecuado
VisualFatiga ocular por pantallasDescansos, iluminación adecuada
PsicosocialEstrés, aislamiento, ansiedadDesconexión digital, comunicación
EléctricoInstalaciones defectuosasRevisión de enchufes, cables
MusculoesqueléticoDolor de espalda, cuello, muñecasPausas activas, ejercicios

Obligaciones del empleador en SST

El empleador debe:

  1. Capacitar al teletrabajador sobre riesgos y prevención
  2. Proporcionar información sobre ergonomía
  3. Facilitar las condiciones para un ambiente seguro
  4. Establecer canales para reportar accidentes

¿Los accidentes en casa son accidentes de trabajo?

Depende. Para que un accidente ocurrido en el domicilio sea considerado accidente de trabajo, generalmente debe:

  • Ocurrir durante la jornada de teletrabajo
  • Estar relacionado con el ejercicio de las funciones
  • Producirse en el lugar registrado como teletrabajo

Ejemplo: Si te caes de la silla mientras trabajabas, podría calificarse como accidente de trabajo. Si te accidentas cocinando en tu hora de almuerzo, probablemente no.

Recomendación: Reporta inmediatamente cualquier accidente a tu empleador y documenta las circunstancias. La calificación final dependerá de la evaluación del caso.

Grupos de atención prioritaria

La Ley 31572 establece que ciertos grupos de trabajadores tienen prioridad para acceder al teletrabajo cuando las funciones lo permitan:

Grupo prioritarioBase legal
Personas con discapacidadArt. 5 Ley 31572
Personas gestantesArt. 5 Ley 31572
Personas en período de lactanciaArt. 5 Ley 31572
Responsables del cuidado de niños hasta 12 añosArt. 5 Ley 31572
Responsables del cuidado de familiares dependientesArt. 5 Ley 31572
Personas en situación de riesgo de saludArt. 5 Ley 31572

Para estos grupos, el empleador debe evaluar de manera prioritaria la solicitud de teletrabajo y solo puede denegarla por razones objetivas debidamente fundamentadas.

Ejemplo: María tiene un hijo de 4 años y sus funciones como contadora pueden realizarse de forma remota. Si solicita teletrabajar, su empleador debe considerar su solicitud de manera prioritaria.

¿Qué hacer si tu empleador no cumple?

Si tu empleador incumple la normativa de teletrabajo, tienes varias opciones:

Paso 1: Comunícate formalmente

Antes de escalar, intenta resolver la situación internamente:

  • Envía un correo o carta formal a Recursos Humanos
  • Describe el incumplimiento específico (falta de compensación, equipos, etc.)
  • Cita la normativa aplicable (Ley 31572, artículo correspondiente)
  • Solicita una solución en un plazo razonable

Paso 2: Denuncia ante SUNAFIL

Si no hay respuesta o la situación persiste:

  • La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (SUNAFIL) puede inspeccionar a tu empleador
  • Las denuncias son gratuitas
  • Puedes hacerlas en línea en www.sunafil.gob.pe
  • SUNAFIL puede ordenar correcciones e imponer multas

Consulta nuestra guía sobre cómo denunciar ante SUNAFIL para más detalles.

Paso 3: Vía judicial

En casos graves o si hay daño económico:

  • Puedes iniciar un proceso judicial laboral
  • Consulta con un abogado laboralista
  • Recuerda los plazos de prescripción (4 años para beneficios sociales)

Casos de hostilidad laboral

Si el empleador utiliza el teletrabajo (o la negación del mismo) como forma de hostigamiento, podrías estar ante actos de hostilidad equiparables al despido:

  • Cambiar tu modalidad a presencial como represalia
  • Negarte la desconexión digital sistemáticamente
  • Reducir tu remuneración por teletrabajar
  • Asignarte tareas ajenas a tus funciones

En estos casos, consulta con un profesional y considera las opciones legales disponibles, como las descritas en nuestra guía de despido arbitrario.

Recursos útiles

Si estás teletrabajando o vas a comenzar a hacerlo, te recomendamos:

Recuerda que como teletrabajador mantienes todos tus derechos laborales y puedes usar nuestras herramientas para verificar que estás recibiendo lo que te corresponde.


Nota Legal: Este artículo tiene carácter exclusivamente informativo y educativo. No constituye asesoría legal, dictamen jurídico ni recomendación profesional vinculante. La información se basa en la Ley 31572 y el D.S. 002-2023-TR vigentes a la fecha de publicación. La normativa puede modificarse; verifica siempre con fuentes oficiales. Para situaciones complejas, consulta con un abogado laboralista colegiado o acude a SUNAFIL. SueldoJusto.pe no se responsabiliza por decisiones tomadas con base exclusiva en esta información.

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