¿Trabajas como repartidor o conductor de apps como Rappi, Uber, Beat o PedidosYa? Es probable que te hayas preguntado qué derechos tienes, si te corresponde algún beneficio laboral y qué está cambiando en la regulación para este tipo de trabajo.
La gig economy en Perú crece cada año. Según datos del BID, alrededor de 133,000 personas trabajan en plataformas digitales. Sin embargo, la mayoría lo hace como independiente, sin las protecciones que tienen los trabajadores con contrato laboral.
En esta guía te explicamos qué es la gig economy, cuántos trabajadores hay en el país, qué dice la ley actual y qué cambios podrían venir con el nuevo Convenio OIT 193 aprobado en junio de 2026.
¿Qué es la Gig Economy en Perú?
La gig economy, o economía colaborativa, se refiere al modelo de trabajo donde personas prestan servicios a través de plataformas digitales. No hay un empleador tradicional. En cambio, existe una app que conecta al trabajador con el cliente final.
En Perú, las plataformas más conocidas son:
- Delivery de comida: Rappi, PedidosYa, Justo, Hugo
- Transporte: Uber, Beat, Didi, InDriver
- Servicios: Maestro, Yego, Servan
Estas plataformas clasifican a los trabajadores como independientes o socios. No existe una relación laboral de dependencia. Esto significa que no acceden a los beneficios que la ley peruana otorga a los trabajadores con contrato.
¿Es esto legal? Sí, desde el punto de vista de que el trabajador se registra como independiente. Pero la discusión legal actual se centra en si la realidad de trabajo —horarios impuestos por algoritmos, penalizaciones por no aceptar pedidos, control de calidad— configura en la práctica una relación laboral encubierta.
Esto se conoce como desnaturalización de contrato o falso independiente. Si quieres entender este concepto en profundidad, te recomendamos leer nuestro artículo sobre desnaturalización de contratos.
¿Cuántos Trabajadores de Plataformas Digitales Hay en Perú?
Según el estudio del BID de 2022, en Perú existen aproximadamente 133,000 socios en plataformas digitales:
- 111,000 conductores de transporte por app
- 31,000 repartidores de delivery
Otros datos relevantes del estudio:
| Dato | Valor |
|---|---|
| Se identifican como independientes | 85% |
| Usan la actividad como complemento | 41-48% |
| Ingreso neto mediano | S/ 6.2 por hora |
| Personas con único ingreso | 55,000 |
| Abrieron cuenta bancaria para operar | 45% |
| Ventas intermediadas | S/ 4,900 millones (0.52% PBI) |
| Impacto total en la economía | S/ 5,534 millones (0.59% PBI) |
El estudio también revela que el 55,000 personas dependen económicamente exclusivamente de estas plataformas. Es decir, no tienen otra fuente de ingresos.
Por otro lado, un estudio de Uber e Ipsos del primer trimestre de 2026 muestra que:
- 8 de cada 10 limeños usa apps de movilidad
- El 73% se siente muy seguro en viajes por app
- Más del 90% considera que las apps serán el estándar del transporte
- El 73% de limeños reconoce el impacto económico positivo
- El 64% de personas en regiones fuera de Lima también percibe este impacto
Estos números demuestran que la gig economy ya es una parte estructural de la economía peruana, no solo una actividad marginal.
Convenio OIT 193: El Nuevo Marco Internacional para Trabajadores de Plataformas
El 12 de junio de 2026, durante la 114ª Conferencia Internacional del Trabajo en Ginebra, la OIT aprobó el Convenio 193 sobre Trabajo en Plataformas Digitales.
¿Qué es el Convenio OIT 193?
Es un tratado internacional que establece un marco de derechos mínimos para todos los trabajadores de plataformas digitales, sin importar si son clasificados como dependientes o independientes.
Resultado de la votación
- 406 votos a favor
- 8 votos en contra
- 36 abstenciones
Esta abrumadora mayoría refleja un consenso global sobre la necesidad de regular este sector.
Derechos que establece el convenio
El Convenio OIT 193 reconoce los siguientes derechos para los trabajadores de plataformas:
- Salario mínimo: garantía de una remuneración mínima justa
- Seguridad social: acceso a pensiones, salud y otros seguros
- Protección al despido: salvaguardas contra despidos arbitrarios
- Transparencia algorítmica: derecho a saber cómo funcionan los algoritmos que asignan tareas
- Libertad sindical: derecho a organizarse y sindicalizarse
- Negociación colectiva: posibilidad de negociar condiciones en bloque
- Igualdad de trato: prohibición de discriminación
- Protección contra violencia y acoso: medidas de seguridad en el trabajo
⚠️ Convenio reciente, no ratificado: El Convenio OIT 193 fue aprobado el 12 de junio de 2026 en Ginebra, pero Perú aún no lo ha ratificado. El convenio solo entrará en vigor 12 meses después de que al menos 2 Estados miembros lo ratifiquen. Su aplicación en Perú depende de la aprobación por el Congreso y la adecuación normativa interna.
¿Qué significa esto para Perú?
La CGTP (Central General de Trabajadores del Perú) ya exhortó al Estado peruano a ratificar este convenio. Sin embargo, el proceso no es inmediato.
Primero, el Congreso peruano debe aprobar la ratificación. Luego, se requiere adecuar la normativa interna. Esto podría tomar años. Mientras tanto, los trabajadores de plataformas digitales en Perú siguen sin la protección que este convenio propone.
Es importante entender que el convenio OIT 193 es un instrumento internacional, no una ley peruana. Su aplicación depende de la voluntad política del Estado peruano.
Regulación de Plataformas Digitales en Perú: ¿Qué Dice la Ley?
El dictamen del Congreso de junio 2023
En junio de 2023, la Comisión de Trabajo del Congreso aprobó un dictamen que unifica cuatro proyectos de ley:
- Proyecto 18/2021-CR
- Proyecto 667/2021-CR
- Proyecto 842/2021-CR
- Proyecto 1536/2021-CR
Este dictamen fue aprobado con el voto dirimente de Sigrid Bazán, quien presidía la comisión en ese momento.
¿Qué propone el dictamen?
El dictamen propone obligar a las plataformas digitales a contratar en planilla al 20% de sus repartidores bajo el Decreto Legislativo 728 (régimen laboral de la actividad privada).
Para los trabajadores que entren en este 20%, se establecerían los siguientes derechos:
- Contrato laboral con dependencia
- Sueldo mínimo de S/ 1,130 mensual
- CTS (Compensación por Tiempo de Servicios)
- Gratificaciones legales
- Vacaciones
- Aportes pensionarios a AFP u ONP
- Seguro de salud (EsSalud o EPS)
- SCTR (Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo)
- Seguro Vida Ley
Para el 80% restante que seguiría como independiente, el dictamen propone derechos mínimos:
- Contrato de servicios con la plataforma
- Aportes a pensión (AFP u ONP)
- Seguro de salud (EsSalud o EPS)
- Seguros de accidentes
⚠️ No es ley vigente: El dictamen de la Comisión de Trabajo aprobado en junio de 2023 (proyectos 18, 667, 842 y 1536) propone obligar a las plataformas a contratar en planilla al 20% de repartidores. Sin embargo, a junio de 2026 sigue pendiente de debate y votación en el Pleno del Congreso. NO es una norma vigente.
¿Por qué sigue pendiente?
A pesar de haber sido aprobado en la Comisión de Trabajo, el dictamen no ha llegado al Pleno del Congreso para su votación final. Esto se debe a:
- Desacuerdos políticos: los partidos no logran consenso sobre el porcentaje (20%) y el alcance
- Presión de las plataformas: empresas como Rappi y Uber han manifestado preocupación sobre el impacto económico
- Cambio de prioridades legislativas: otros temas han ocupado la agenda del Congreso
- Falta de regulación de apps: no existe un marco específico para este tipo de plataformas en el Perú
El REPRESEDE: un paso hacia la formalización
En 2024, el Estado peruano creó el REPRESEDE (Registro de Prestadores de Servicio de Delivery). Este registro tiene como objetivo:
- Identificar a todos los repartidores y conductores de plataformas
- Brindar mayor formalización al sector
- Facilitar la trazabilidad de los trabajadores
La inscripción es obligatoria para todos los trabajadores de plataformas digitales en Perú.
Jurisprudencia actual: el caso JOKR
En 2024-2025, el Tribunal Laboral emitió un fallo respecto a JOKR Perú. El tribunal reconoció que existía un vínculo laboral entre la plataforma y un trabajador que había sido clasificado como independiente.
Este fallo es importante porque demuestra que los tribunales peruanos están dispuestos a revisar la realidad de las relaciones laborales, más allá de la clasificación contractual.
⚠️ Caso aislado: El fallo del Tribunal Laboral respecto a JOKR Perú (2024-2025) reconoció un vínculo laboral en una plataforma digital, pero es un caso aislado que no constituye precedente obligatorio para todas las plataformas. Cada caso se evalúa individualmente.
Lo que significa es que si un trabajador demuestra que la plataforma ejerce control sobre su horario, metodología, calidad y permanencia, el tribunal puede declarar la existencia de un contrato laboral encubierto.
Derechos de los Trabajadores Dependientes en Plataformas Digitales
Si una plataforma te contrata como trabajador dependiente (bajo el DL 728), tendrías derecho a los siguientes beneficios:
Beneficios económicos
- Sueldo mínimo: S/ 1,130 mensual (según DS 006-2024-TR)
- CTS: depositada en mayo y noviembre
- Gratificaciones: julio y diciembre, más 9% de EsSalud o EPS
- Vacaciones: 30 días calendario por año trabajado
- Horas extras: pago adicional por tiempo extra trabajado
Seguridad social
- EsSalud o EPS: seguro de salud
- SCTR: Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo
- Seguro Vida Ley: cobertura en caso de muerte o invalidez
- Aportes pensionarios: AFP (sistema privado) u ONP (sistema público)
Estabilidad laboral
- Protección al despido: no pueden despedirte sin causa justa
- Indemnización: en caso de despido arbitrario, te corresponde una indemnización
- Despido nulo: si se vulnera tu derecho de sindicalización o maternidad
Hasta junio de 2026, la mayoría de plataformas NO contratan bajo esta modalidad. El dictamen del Congreso propone que el 20% de los repartidores acceda a esta figura, pero no es ley vigente.
Derechos de los Trabajadores Independientes en Plataformas Digitales
Si trabajas como independiente en plataformas digitales (la situación actual de la mayoría), estos son tus derechos:
Derechos constitucionales
Todo trabajador en Perú, sea dependiente o independiente, tiene derechos constitucionales:
- Dignidad: ser tratado con respeto
- Salud: protección de su integridad física y mental
- Seguridad social: acceso a pensiones y salud
Inscripción obligatoria
- REPRESEDE: inscripción obligatoria como prestador de servicio de delivery
Aportes facultativos
- AFP u ONP: puedes realizar aportes voluntarios para tu pensión. Conoce más en nuestra guía de aportes independientes a AFP y ONP.
Protección de datos
- Ley 29733: protección de tus datos personales. Las plataformas no pueden usar tu información de forma arbitraria.
Derechos de los consumidores
Como usuario de la plataforma, también tienes derechos ante Indecopi si hay cláusulas abusivas o arbitrariedad en la terminación del contrato.
Lo que NO tienes como independiente
Es importante ser claro: como trabajador independiente en plataformas digitales, actualmente NO tienes acceso a:
- CTS
- Gratificación
- Vacaciones pagadas
- SCTR
- Seguro Vida Ley
- Despido protegido
- Sueldo mínimo garantizado
Esto significa que si la plataforma te desactiva, no tienes protección legal. Si te accidentas, no tienes seguro de riesgos. Si no trabajas, no generas ingresos.
Si quieres conocer más sobre tus derechos generales como trabajador en Perú, te recomendamos revisar nuestra guía de derechos laborales en Perú.
Riesgos y Desafíos del Trabajo en Plataformas Digitales
Trabajar en plataformas digitales tiene ventajas como flexibilidad de horarios, pero también enfrenta desafíos estructurales:
Ingresos inestables
El ingreso neto mediano es de aproximadamente S/ 6.2 por hora, según el BID. Sin embargo, esto varía según la demanda, la temporada, y la cantidad de horas trabajadas. No hay un ingreso fijo garantizado.
Ausencia de protección social
Como vimos, los independientes no tienen acceso a los beneficios laborales tradicionales. Esto los hace vulnerables ante:
- Enfermedades
- Accidentes
- Desactivación de la cuenta
- Baja demanda
Control algorítmico
Las plataformas usan algoritmos que determinan:
- Qué pedidos recibes
- Cuánto ganas por cada entrega
- Si puedes seguir trabajando (a través de calificaciones)
Este control algorítmico plantea preguntas sobre la autonomía real del trabajador. Si un algoritmo te penaliza por rechazar pedidos, ¿eres realmente independiente?
Inseguridad vial
Los repartidores y conductores enfrentan riesgos diarios de:
- Accidentes de tránsito
- Robos y asaltos
- Condiciones climáticas adversas
Sin SCTR ni Seguro Vida Ley, estas situaciones pueden ser devastadoras económicamente.
Competencia desleal
Algunos trabajadores usan más de una plataforma simultáneamente para maximizar ingresos. Esto es legal, pero genera presión sobre los precios y la disponibilidad.
¿Qué Hacer si tus Derechos como Repartidor o Conductor no se Respetan?
Si consideras que tus derechos están siendo vulnerados, existen varias instituciones donde puedes acudir:
1. SUNAFIL
Si detectas que tu relación laboral ha sido desnaturalizada (trabajas como independiente pero la realidad es de dependencia), puedes denunciar ante la SUNAFIL. Te explicamos el proceso paso a paso en nuestra guía de cómo denunciar a SUNAFIL en Perú.
2. Indecopi
Si hay cláusulas abusivas en los contratos de adhesión, o la plataforma incurre en prácticas que vulneran tus derechos como consumidor, puedes denunciar ante Indecopi.
3. Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales
Si la plataforma usa tu información personal de manera indebida o no cumple con la Ley 29733, puedes presentar una queja.
4. EsSalud o EPS
Si realizas aportes facultativos, asegúrate de que tu EPS o EsSalud esté activo. Esto te dará cobertura en caso de emergencias.
5. Consulta legal
Si tienes dudas sobre tu situación específica, te recomendamos consultar con un abogado laboralista. Cada caso es diferente y la evaluación de una relación laboral encubierta requiere análisis individual.
6. Documenta todo
Si decides iniciar una acción legal, documenta:
- Tus ingresos y horarios
- Las comunicaciones con la plataforma
- Capturas de pantalla de penalizaciones o desactivaciones
- Testimonios de otros trabajadores
Recuerda: el fallo JOKR demostró que los tribunales peruanos pueden reconocer un vínculo laboral si se demuestra la dependencia real. Cada caso se evalúa individualmente.
El Futuro de la Gig Economy en Perú
La gig economy en Perú está en un momento de transición. Tres factores definirán su evolución:
1. Ratificación del Convenio OIT 193
Si Perú ratifica el Convenio 193, la presión sobre las plataformas para formalizar a sus trabajadores aumentará significativamente. Esto podría significar:
- Salarios mínimos garantizados
- Acceso a seguridad social
- Protección algorítmica
Sin embargo, el proceso de ratificación puede tomar años y requiere voluntad política.
2. Aprobación del dictamen del Congreso
Si el dictamen del 20% de repartidores en planilla llega al Pleno y se aprueba, sería el primer paso concreto hacia la formalización en Perú.
El 20% representaría aproximadamente 6,200 repartidores (si tomamos la cifra de 31,000 repartidores del BID). Estos serían los primeros trabajadores de plataformas digitales con contrato laboral en el país.
3. Presión de los trabajadores
La organización de los trabajadores de plataformas será clave. En otros países, los sindicatos de repartidores han logrado mejoras significativas. En Perú, este proceso está en etapas iniciales.
La CGTP ya ha mostrado interés en representar a estos trabajadores. El desarrollo de negociación colectiva en el sector será un factor determinante.
4. Cambios en las plataformas
Las propias plataformas podrían adaptarse a un marco regulatorio más estricto. Algunos modelos que se han visto en otros países incluyen:
- Modelo híbrido: parte de trabajadores en planilla, parte independiente
- Seguros colectivos: aunque no sea obligatorio, ofrecer seguros de accidentes
- Bonificación por antigüedad: incentivos para quienes llevan más tiempo
El mercado peruano, con sus 8 de cada 10 limeños usando apps de movilidad, es atractivo para estas empresas. Esto les da margen para adaptarse sin abandonar el país.
Protege tus derechos en la gig economy peruana
La gig economy en Perú ya es una realidad económica importante: genera más de S/ 5,500 millones y emplea a 133,000 personas. Sin embargo, la regulación sigue rezagada.
Hoy, la mayoría de trabajadores de plataformas digitales no tienen acceso a los beneficios laborales básicos: no hay CTS, no hay gratificación, no hay vacaciones, no hay SCTR, y no hay protección al despido.
El dictamen del Congreso de 2023 sigue pendiente. El Convenio OIT 193 recién fue aprobado y aún no ha sido ratificado por Perú. El fallo JOKR es un caso aislado que no obliga a todas las plataformas.
¿Qué puedes hacer hoy?
- Inscríbete en el REPRESEDE
- Realiza aportes facultativos a tu AFP o ONP para asegurar tu pensión
- Documenta tu relación con la plataforma
- Consulta con un abogado laboralista si sientes que tu independencia es ficticia
- Denuncia ante SUNAFIL si detectas desnaturalización de contrato
¿Quieres calcular cuánto deberías recibir si te contrataran formalmente? Usa nuestra calculadora de sueldo neto y descubre la diferencia entre tus ingresos actuales y lo que podrías recibir con un contrato laboral.
Si encontraste útil este artículo, compártelo con otros repartidores o conductores. Mientras más trabajadores conozcan sus derechos, más cerca estaremos de una regulación justa.
Nota Legal: Este artículo es informativo. Los montos son referenciales y pueden variar según la normativa vigente. Para cálculos oficiales, consulte con el área contable de su empresa o un abogado laboralista.
Preguntas frecuentes
¿Tienen los repartidores y conductores de apps derecho a sueldo mínimo en Perú?
¿Qué es el Convenio OIT 193 y aplica en Perú?
¿Cuántos trabajadores de plataformas digitales hay en Perú?
¿Qué beneficios laborales tienen los trabajadores de plataformas digitales hoy?
¿Qué es el REPRESEDE y quién debe inscribirse?
¿Qué debo hacer si me discriminan o vulneran derechos como trabajador de plataformas?
Comparte este artículo
Ayuda a otros trabajadores a informarse
Artículos Relacionados
Te pueden interesar también