⚠️ AVISO LEGAL (actualizado al 13 de junio de 2026): La información contenida en este artículo refleja la situación legislativa al cierre de la legislatura 2026 del Congreso de la República del Perú. Estado de los proyectos: Los nueve proyectos de ley acumulados en la Comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera cerraron la legislatura sin dictamen aprobado. Esto significa que no se emitió informe favorable ni desfavorable, y el trámite queda en suspenso. No constituye un rechazo formal ni un archivo definitivo. Opiniones técnicas: El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) y la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) emitieron pronunciamientos técnicos en contrario, señalando que la medida contraviene la Ley N° 32123, Ley de Modernización del Sistema Previsional Peruano. Estas opiniones son técnicas, no vinculantes para el Parlamento. Retiros vigentes: La situación del 9° retiro extraordinario no afecta los mecanismos ordinarios de acceso a los fondos de pensiones previstos en la normativa vigente (jubilación a los 65 años, retiro por desempleo —REJA—, 25% para vivienda, entre otros). Proyección: Al 13 de junio de 2026, la aprobación del 9° retiro en la legislatura actual presenta un escenario de baja probabilidad. Si no se amplía la legislatura, los proyectos quedarían en carpeta para el siguiente Congreso. Esta proyección es referencial y no constituye certeza jurídica; el trámite parlamentario puede cambiar. SueldoJusto.pe no ejerce la abogacía. Para asesoría sobre su situación previsional individual, consulte a un especialista en derecho pensionario o a su AFP.
¿Ya se aprobó el noveno retiro AFP 2026? Es la pregunta que miles de afiliados al Sistema Privado de Pensiones se hacen cada semana. Y la respuesta corta es: todavía no.
A la fecha de actualización (13 de junio de 2026), ningún proyecto ha sido aprobado ni dictaminado. La Comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera cerró su ciclo de sesiones sin emitir un dictamen favorable, y tanto el MEF como la SBS se opusieron formalmente a la iniciativa.
Esto no significa que los proyectos estén archivados definitivamente, pero sí indica que su aprobación en la legislatura actual es altamente improbable. El trámite seguiría vigente en la siguiente legislatura, aunque dependerá de la nueva mayoría congresal y de la posición del gobierno que asuma el 28 de julio.
En esta guía te explicamos todo lo que necesitas saber: el estado real de los proyectos de ley, cuánto podrías recibir, cómo sería el cronograma de pagos y qué pasaría con tu pensión si decides retirar. Al final, podrás tomar una decisión informada.
¿Qué es el Noveno Retiro AFP 2026?
El noveno retiro AFP sería una nueva autorización extraordinaria para que los afiliados al Sistema Privado de Pensiones (SPP) retiren una parte de su fondo acumulado. Sería el 9° retiro desde que se iniciaron los retiros extraordinarios durante la pandemia en 2020.
A diferencia de los retiros ordinarios (jubilación a los 65 años, REJA por desempleo o retiro del 25% para vivienda), este sería un retiro extraordinario creado por una ley específica del Congreso.
¿Cómo funcionaría?
Según los proyectos presentados, el mecanismo sería similar al del 7° y 8° retiro. Los proyectos proponen diferentes esquemas de desembolso:
Esquemas de desembolso propuestos:
| Esquema | Proyectos que lo proponen | Detalle |
|---|---|---|
| 4 armadas de 1 UIT | Gonza, Espinoza, Pariona, Ciccia, Montalvo | 1 UIT (S/ 5,500) cada 30 días, 4 meses |
| 3 armadas (1-1-2 UIT) | Bellido, Gutiérrez, Palacios | Última armada de 2 UIT, ~3 meses |
| 2 armadas de 2 UIT | Pazo Nunura (PL 14647) | 2 UIT (S/ 11,000) cada 30 días, ~2 meses |
- Monto máximo: 4 UIT (S/ 22,000) o el saldo total de tu cuenta si es menor
- Carácter: Voluntario (no obligatorio)
- Destinatarios: Todos los afiliados al SPP, sin importar su AFP
¿Qué es la UIT 2026?
La Unidad Impositiva Tributaria (UIT) es una referencia monetaria que el Ministerio de Economía y Finanzas fija cada año. Para 2026, la UIT es de S/ 5,500 según el D.S. N°301-2025-EF.
| Concepto | Monto |
|---|---|
| 1 UIT 2026 | S/ 5,500 |
| 4 UIT 2026 | S/ 22,000 |
Los montos y condiciones podrían cambiar durante el debate legislativo.
Estado Actual al 13 de Junio: ¿Qué Pasó en la Comisión?
No. El noveno retiro AFP NO está aprobado. A la fecha de actualización (13 de junio de 2026), los 9+ proyectos de ley se encuentran varados en la Comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera del Congreso, presidida por el congresista Víctor Flores Ruíz.
El proceso legislativo que debe seguir es el siguiente:
Comisión de Economía → Dictamen → Pleno del Congreso → Promulgación → Reglamentación → Implementación por las AFP
Al 13 de junio de 2026, los proyectos no han superado ni siquiera la primera etapa: no existe dictamen de la comisión.
Lo que ocurrió el 11 de junio de 2026
El 11 de junio, la Comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera cerró lo que posiblemente fue su última sesión de trabajo ordinaria sin emitir un dictamen favorable a ninguno de los nueve proyectos de retiro acumulados desde febrero.
El presidente de la comisión, Víctor Flores Ruíz (Fuerza Popular), reconoció la situación: “Posiblemente esta sea de las últimas sesiones. Todavía no sabemos la planificación que tenga el presidente del Congreso de la República con respecto a la ampliación de la legislatura”.
El jueves 11 de junio fue, además, posiblemente el último Pleno del actual Congreso unicameral. Sin ampliación de legislatura, el período parlamentario ordinario concluye el 15 de julio de 2026, lo que dejaría a los proyectos sin tiempo material para ser dictaminados, votados en el Pleno, promulgados y reglamentados.
Oposición formal del MEF y la SBS
A solicitud de la propia Comisión de Economía, tanto el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) como la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) emitieron pronunciamientos técnicos en contrario al noveno retiro:
-
MEF: señaló que “el proyecto de ley contraviene la medida de prohibición de retiro de fondos dispuesta en la Ley N° 32123, Ley de Modernización del Sistema Previsional Peruano, y su reglamento que buscan incrementar la suficiencia de las pensiones, lo que permitirá a los afiliados atender necesidades propias de la etapa de vejez; y así evitar el riesgo de desprotección en dicha etapa, debido al retiro de fondos previsionales”.
-
SBS: advirtió que “Permitir la devolución íntegra de los fondos de pensiones deteriora la cobertura previsional a nivel nacional, ya que afecta los recursos que los afiliados acumulan en su CIC, los cuales deberían ser destinados exclusivamente para el financiamiento de un beneficio durante la etapa de la vejez”.
Estas opiniones son técnicas, no vinculantes para el Parlamento, pero constituyen un factor de presión institucional que complica el avance de los proyectos.
¿En qué estado están estos proyectos?
Al momento de esta actualización (13 de junio de 2026):
- ✅ Los 9+ proyectos están presentados en la Mesa de Partes del Congreso
- ✅ Derivados a la Comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera
- ❌ Ninguno ha sido dictaminado
- ❌ Ninguno ha entrado formalmente en agenda de votación por la Comisión
- ❌ No han sido votados en el Pleno
- ❌ La Comisión de Economía cerró sus sesiones sin abordarlos (11 de junio)
- ⚠️ El MEF y la SBS se opusieron formalmente a la iniciativa
Contexto político y electoral
La segunda vuelta electoral del 7 de junio de 2026 ya se realizó. La asunción del nuevo gobierno está prevista para el 28 de julio de 2026, lo que condiciona la dinámica legislativa restante.
A diferencia de 2025 —cuando la presión social y las movilizaciones ciudadanas forzaron la aprobación del 8° retiro—, esta vez el noveno retiro “ha caído en saco roto”: no hubo mayor apoyo, presión ni movilización ciudadana. Tampoco se registraron emplazamientos ni cartas a la Comisión de Economía exigiendo su debate.
El nuevo gobierno que asuma el 28 de julio podría tener una posición diferente sobre los retiros extraordinarios de AFP, lo que genera incentivos políticos tanto para acelerar como para postergar la aprobación. Sin embargo, al 13 de junio, la aprobación en la legislatura actual presenta un escenario de baja probabilidad.
¿Qué sigue? El Congreso bicameral
Si no hay ampliación de la legislatura, los proyectos de retiro quedarían en carpeta para el siguiente Congreso. Con la llegada del Congreso bicameral (cámara de diputados y senadores) y los nuevos filtros que tendrán los proyectos de ley, sería más complicado aprobar una medida así en el futuro. Varias observadores consideran que las posibilidades de éxito serían menores bajo el nuevo esquema parlamentario.
Proyectos de Ley en el Congreso
Actualmente existen 9+ proyectos de ley que buscan autorizar el noveno retiro. Todos comparten el monto máximo de 4 UIT (S/ 22,000), pero difieren en el esquema de desembolso y características adicionales:
| # | Proyecto | Autor | Bancada | Fecha de Presentación | Esquema | Característica Especial |
|---|---|---|---|---|---|---|
| 1 | PL 13963/2025-CR | Américo Gonza | Perú Libre | 12 feb 2026 | 4 armadas | Devolución total a herederos |
| 2 | PL 13999/2025-CR | Darwin Espinoza | Podemos Perú | 18 feb 2026 | 4 armadas | Sin condiciones adicionales |
| 3 | PL 14073/2025-CR | Alfredo Pariona | Bancada Socialista | 23 feb 2026 | 4 armadas | Énfasis en intangibilidad |
| 4 | PL de Miguel Ciccia | Miguel Ciccia | Renovación Popular | 20 mar 2026 | 4 armadas | Desistimiento explícito |
| 5 | PL de Segundo Montalvo | Segundo Montalvo | Perú Libre | 7 abr 2026 | 4 armadas | Similar al PL 13963 |
| 6 | PL de Guido Bellido | Guido Bellido | Podemos Perú | 30 abr 2026 | 3 armadas | Esquema 1-1-2 UIT |
| 7 | PL de Paul Gutiérrez | Paul Gutiérrez | Somos Perú | 6 may 2026 | 3 armadas | Esquema 1-1-2 UIT |
| 8 | PL de Margot Palacios | Margot Palacios | No agrupada | 7 may 2026 | 3 armadas | Esquema 1-1-2 UIT |
| 9 | PL 14647/2025-CR | José Pazo Nunura | Somos Perú | 21 may 2026 | 2 armadas | Plazo 90 días, retractación |
Nota: Los números de expediente han sido verificados en el portal del Congreso y medios especializados al 13 de junio de 2026. Algunos proyectos están en trámite y su número de expediente puede estar pendiente de asignación pública.
PL 13963/2025-CR — Américo Gonza (Perú Libre)
Presentado el 12 de febrero de 2026. Propone un retiro de hasta 4 UIT (S/ 22,000) con una característica importante: incluye la devolución total de fondos a los herederos en caso de fallecimiento del afiliado antes de completar los desembolsos.
PL 13999/2025-CR — Darwin Espinoza (Podemos Perú)
Presentado el 18 de febrero de 2026. Es la propuesta más directa: retiro de hasta 4 UIT sin condiciones adicionales especiales. Sigue el mismo esquema de desembolsos progresivos que los retiros anteriores.
PL 14073/2025-CR — Alfredo Pariona (Bancada Socialista)
Presentado el 23 de febrero de 2026. Además del retiro de hasta 4 UIT, destaca la declaración de intangibilidad de los fondos retirados: no embargables por deudas, excepto por pensión alimenticia donde el juez puede ordenar retener hasta el 30%.
Proyecto de Miguel Ciccia (Renovación Popular)
Presentado el 20 de marzo de 2026. Incluye un mecanismo de desistimiento: el afiliado podría decidir no recibir los desembolsos restantes y mantener ese dinero en su fondo de pensiones, protegiendo así su jubilación futura.
PL 14647/2025-CR — José Pazo Nunura (Somos Perú) ⭐ Más reciente
Presentado el 21 de mayo de 2026, es el proyecto más reciente y uno de los más detallados. Sus características principales son:
- Monto: Hasta 4 UIT (S/ 22,000)
- Esquema de desembolso: 2 armadas (a diferencia de los 4 desembolsos de proyectos anteriores):
- Primera armada: hasta 2 UIT (S/ 11,000) a los 30 días calendario de la solicitud
- Segunda armada: hasta 2 UIT (S/ 11,000) a los 30 días de la primera
- Plazo de solicitud: 90 días calendario desde la vigencia del reglamento
- Intangibilidad: Los fondos retirados serían no embargables, con la excepción de deuda alimentaria (hasta 30%, conforme al precedente del Tribunal Constitucional en la Sentencia 00020-2021-AI/TC)
- Retractación: El afiliado podría cancelar su solicitud hasta 10 días calendario antes del abono (figura que ya existía en el procedimiento operativo del 7° retiro, Resolución SBS 01623-2024, pero ahora se incorpora directamente en el texto de la ley)
¿Por qué es relevante este proyecto? El esquema de 2 armadas permitiría recibir el monto total en aproximadamente 2 meses en lugar de los 4 meses de proyectos anteriores, lo que reduce el tiempo que los fondos dejan de generar rentabilidad.
Monto Máximo Propuesto (4 UIT = S/ 22,000)
Todos los proyectos coinciden en el monto máximo: 4 UIT, que equivale a S/ 22,000 con la UIT 2026 de S/ 5,500.
Sin embargo, hay dos escenarios posibles:
| Escenario | Monto |
|---|---|
| Tienes S/ 22,000 o más en tu AFP | Retiras S/ 22,000 (4 UIT) |
| Tienes menos de S/ 22,000 en tu AFP | Retiras el 100% de tu saldo |
El esquema de desembolso depende del proyecto que se apruebe. Los proyectos proponen entre 2 y 4 armadas:
| Esquema | Desembolsos | Tiempo total |
|---|---|---|
| 2 armadas (PL 14647) | 2 UIT + 2 UIT | ~2 meses |
| 3 armadas | 1 UIT + 1 UIT + 2 UIT | ~3 meses |
| 4 armadas | 1 UIT + 1 UIT + 1 UIT + 1 UIT | ~4 meses |
El esquema final solo se confirmará si se aprueba la ley. Al 13 de junio de 2026, la probabilidad de aprobación en la legislatura actual es baja.
¿Quiénes Pueden Solicitar el Retiro?
Si el proyecto se aprueba, los requisitos serían similares a los del 7° y 8° retiro. Basándonos en los proyectos presentados y los retiros anteriores, estos serían los requisitos estimados:
Requisitos Estimados
- ✅ Estar afiliado al SPP (Sistema Privado de Pensiones)
- ✅ Tener fondos disponibles en tu Cuenta Individual de Capitalización (CIC)
- ✅ Contar con DNI vigente
- ✅ Tener una cuenta bancaria a tu nombre (preferiblemente CTS)
- ✅ No tener restricciones judiciales que impidan el desembolso
¿Quiénes NO podrían retirar?
Según los proyectos actuales, no habría exclusiones por tipo de fondo (Fondo 0, 1, 2 o 3). Sin embargo, podrían existir restricciones para:
- Afiliados con embargos judiciales por pensión alimenticia (se retendría hasta el 30%)
- Personas cuyos fondos ya fueron totalmente retirados en retiros anteriores
¿Es obligatorio retirar?
No. El retiro sería completamente voluntario. Tú decides si quieres retirar o mantener tu dinero en la AFP para tu pensión futura.
Si te interesa conocer más sobre tus opciones de retiro ordinario, revisa nuestra guía completa sobre retiro AFP 2026 donde explicamos todas las modalidades vigentes.
Cómo Solicitar el Retiro AFP Paso a Paso
⚠️ Matriz de probabilidad actual: Al 13 de junio de 2026, ningún proyecto tiene dictamen ni agenda de votación. La Comisión de Economía cerró sus sesiones sin abordar el tema, y el MEF y la SBS se opusieron formalmente. Con el cambio de gobierno el 28 de julio, la aprobación en este periodo legislativo tiene probabilidad muy baja. Las siguientes instrucciones se mantienen como referencia histórica basada en retiros anteriores, pero no están disponibles actualmente porque la ley no ha sido aprobada. No intentes realizar este trámite hasta que exista una norma vigente.
Si en el futuro se aprobara el noveno retiro, el proceso sería similar al del 7° y 8° retiro. El trámite sería 100% digital y lo harías directamente con tu AFP.
Paso 1: Verifica que la ley esté aprobada
Antes de intentar cualquier trámite, confirma que el proyecto de ley haya sido aprobado por el Congreso y promulgado por el Ejecutivo. Puedes verificarlo en:
- El sitio web oficial del Congreso de la República
- Las páginas oficiales de cada AFP
- Noticias de medios confiables
Paso 2: Reúne tus datos
Necesitarás tener a la mano:
- Tu DNI (número y fecha de emisión)
- Tu número de CUSPP (lo encuentras en tu boleta de aportes o en la app de tu AFP)
- Tu cuenta bancaria (número de cuenta CTS o de ahorros a tu nombre)
- Tu correo electrónico y número de celular actualizados
Paso 3: Ingresa al portal de tu AFP
Cada AFP habilitaría un formulario específico para el noveno retiro. Aquí te explicamos cómo sería según cada una:
Retiro por AFP Integra
AFP Integra es la administradora con mayor cantidad de afiliados en Perú. Históricamente, sus plazos de procesamiento han sido de 20 a 30 días para el primer desembolso.
Cómo solicitarlo:
- Ingresa a www.afpintegra.pe
- Inicia sesión con tu número de DNI y contraseña
- Busca la opción “Retiro Extraordinario” o “Noveno Retiro”
- Completa el formulario con tus datos bancarios
- Confirma tu identidad con la validación biométrica o preguntas de seguridad
- Recibirás un correo de confirmación con tu número de solicitud
Plazo estimado: 20-30 días calendario para el primer desembolso.
Retiro por Prima
AFP Prima se caracteriza por su plataforma digital eficiente. En retiros anteriores, los plazos fueron de 15 a 25 días calendario.
Cómo solicitarlo:
- Ingresa a www.afprima.com.pe
- Accede con tu DNI y clave de acceso
- Selecciona “Solicitar Retiro Extraordinario”
- Ingresa tus datos personales y bancarios
- Valida tu identidad mediante el sistema de seguridad
- Guarda el comprobante de solicitud
Plazo estimado: 15-25 días calendario para el primer desembolso.
Retiro por Habitat
AFP Habitat ha sido reconocida por su eficiencia en procesos digitales. En retiros anteriores, fue una de las más rápidas con plazos de 15 a 20 días calendario.
Cómo solicitarlo:
- Ingresa a www.afphabitat.com.pe
- Inicia sesión con tu DNI y contraseña
- Busca la sección “Retiros” → “Retiro Extraordinario 2026”
- Completa el formulario en línea
- Adjunta los documentos requeridos (si los hubiera)
- Confirma y recibe tu número de trámite
Plazo estimado: 15-20 días calendario para el primer desembolso.
Retiro por Profuturo
AFP Profuturo tiene plazos estimados de 20 a 30 días calendario. En retiros anteriores, tuvo una tasa de rechazo ligeramente mayor por inconsistencias en los datos.
Cómo solicitarlo:
- Ingresa a www.profuturo.com.pe
- Accede con tu DNI y contraseña
- Selecciona “Retiro Extraordinario” en el menú principal
- Verifica que todos tus datos estén correctos (especialmente tu cuenta bancaria)
- Envía tu solicitud
- Recibe la confirmación por correo electrónico
Plazo estimado: 20-30 días calendario para el primer desembolso.
💡 Tip: Verifica que tus datos bancarios estén actualizados antes de solicitar el retiro. La mayoría de rechazos se deben a cuentas cerradas o números incorrectos.
Cuánto demora cada AFP en pagar
| AFP | Plazo Estimado | Eficiencia |
|---|---|---|
| Habitat | 15-20 días | Mayor eficiencia digital |
| Integra | 20-30 días | Mayor volumen, más lento |
| Prima | 15-25 días | Buena plataforma |
| Profuturo | 20-30 días | Más rechazos por datos |
Cronograma de Pagos por Dígito de DNI
En los retiros anteriores (especialmente del 4° al 8°), el Congreso estableció un cronograma escalonado basado en el último dígito de tu DNI. Esto permite que las AFP procesen las solicitudes de forma ordenada y eviten colapsos en sus sistemas.
Este sería el cronograma estimado para el noveno retiro, basado en el patrón de los retiros anteriores:
Cronograma Estimado (sujeto a confirmación)
| Último dígito DNI | Fecha estimada de solicitud |
|---|---|
| 0 y 1 | Primeros días tras la reglamentación |
| 2 y 3 | 3-4 días después |
| 4 y 5 | 6-7 días después |
| 6 y 7 | 9-10 días después |
| 8 y 9 | 12-13 días después |
⚠️ Importante: Este cronograma es estimado y se basa en el patrón de retiros anteriores. El cronograma oficial solo se conocerá cuando la ley sea aprobada y reglamentada.
¿Cómo se realizarían los pagos?
Una vez aprobada tu solicitud, recibirías los desembolsos según el esquema que establezca la ley. Si se mantiene el esquema de 4 armadas (el más común en proyectos anteriores):
| Pago | Monto | Plazo desde solicitud |
|---|---|---|
| 1° desembolso | S/ 5,500 | ~30 días calendario |
| 2° desembolso | S/ 5,500 | ~60 días calendario |
| 3° desembolso | S/ 5,500 | ~90 días calendario |
| 4° desembolso | S/ 5,500 | ~120 días calendario |
Si se aprueba el esquema del PL 14647 (2 armadas), el pago sería más rápido:
| Pago | Monto | Plazo desde solicitud |
|---|---|---|
| 1° desembolso | S/ 11,000 | ~30 días calendario |
| 2° desembolso | S/ 11,000 | ~60 días calendario |
Cada desembolso se depositaría automáticamente en la cuenta bancaria que registraste en tu solicitud.
¿El Retiro de AFP Paga Impuestos?
No. Los retiros extraordinarios de AFP están exonerados del Impuesto a la Renta. Esto ha sido así en los 8 retiros anteriores y los proyectos actuales mantienen esa exoneración.
¿Por qué no paga impuestos?
La razón es que cada ley de retiro extraordinario aprobada por el Congreso ha establecido expresamente la exoneración del Impuesto a la Renta en su texto normativo. Los proyectos actuales mantienen esa misma figura de exoneración.
¿Tu retiro paga impuestos?
| Concepto | ¿Paga impuesto? |
|---|---|
| Retiro extraordinario de AFP | No (exonerado) |
| Retiro por jubilación (95.5%) | No (exonerado) |
| Rentas generadas por el dinero retirado (intereses bancarios) | Sí (5ta categoría si aplica) |
Nota: Si depositas el dinero retirado en una cuenta de ahorros y genera intereses, esos intereses sí podrían estar sujetos a impuestos según el monto.
Si quieres entender mejor cómo funcionan los impuestos sobre tu sueldo, revisa nuestra guía de impuesto a la renta de 5ta categoría.
Historial de retiros anteriores (1° al 8°)
Para que entiendas el contexto completo, aquí tienes el resumen de los ocho retiros extraordinarios que se han realizado desde 2020:
| Retiro | Año | Monto Máximo | Base Legal |
|---|---|---|---|
| 1° (COVID) | 2020 | S/ 2,000 | D.L. 1462 |
| 2° | 2020 | Hasta S/ 17,200 | Ley 31025 |
| 3° | 2021 | Hasta S/ 17,600 | Ley 31210 |
| 4° | 2022 | Hasta S/ 18,400 | Ley 31426 |
| 5° | 2023 | Hasta S/ 19,800 | Ley 31754 |
| 6° | 2023 | Hasta S/ 20,400 | Ley 31844 |
| 7° | 2024 | Hasta S/ 20,600 (4 UIT) | Ley 32002 |
| 8° | 2025 | Hasta S/ 21,400 (4 UIT) | Ley 32445 |
¿Cuánto se retiró en total?
Según reportes públicos de la SBS, los retiros extraordinarios han representado una porción significativa de los fondos de pensiones del país.
Evolución del monto máximo
El monto máximo ha ido aumentando en cada retiro, principalmente por el incremento de la UIT:
- 2020: S/ 2,000 (primer retiro, monto fijo) → Hasta S/ 17,200
- 2021: S/ 17,600
- 2022: S/ 18,400
- 2023: S/ 19,800 → S/ 20,400 (dos retiros en el mismo año)
- 2024: S/ 20,600 (4 UIT de ese año)
- 2025: S/ 21,400 (4 UIT de ese año)
- 2026 (propuesto): S/ 22,000 (4 UIT de 2026)
¿Cuánto Pierdes en tu Pensión si Retiras?
Esta es la pregunta más importante y la que muchos evitan. Retirar dinero de tu AFP no es gratis. Cada sol que retiras hoy es un sol que dejará de crecer con interés compuesto y que no tendrás en tu jubilación.
Veamos un ejemplo concreto con números reales:
Ejemplo Práctico: Carlos, 35 años
Datos de Carlos:
- Edad: 35 años
- Fondo acumulado en AFP: S/ 80,000
- Aportes mensuales: S/ 600
- Rentabilidad estimada: 7% anual
- Edad de jubilación: 65 años (30 años más)
⚠️ La rentabilidad del 7% es un supuesto ilustrativo. La rentabilidad real del SPP varía cada año según las condiciones del mercado y el tipo de fondo. Proyecciones pasadas no garantizan resultados futuros.
Escenario 1: Sin retiro
Si Carlos no retira nada y mantiene sus aportes:
- Fondo actual: S/ 80,000
- Aportes futuros (30 años × 12 meses × S/ 600): S/ 216,000
- Con interés compuesto al 7% anual, su fondo llegaría a aproximadamente S/ 1,340,000
- Pensión mensual estimada: ~S/ 8,900/mes (anualidad calculada con supuestos actuariales, no una simple división del fondo sobre 20 años)
⚠️ Nota técnica: La pensión mensual estimada se calcula como una anualidad vitalicia que considera rentabilidad durante la jubilación, esperanza de vida y otros factores actuariales. No es una simple división del fondo acumulado entre 240 meses (20 años). El valor de ~S/ 8,900 mensuales es una estimación ilustrativa.
Escenario 2: Con retiro de S/ 22,000
Si Carlos retira S/ 22,000:
- Fondo después del retiro: S/ 58,000
- Aportes futuros: S/ 216,000 (iguales)
- Con interés compuesto al 7%, su fondo llegaría a aproximadamente S/ 1,172,000
- Pensión mensual estimada: ~S/ 7,800/mes (anualidad con mismos supuestos actuariales)
¿Cuánto pierde Carlos?
| Concepto | Monto |
|---|---|
| Diferencia en fondo acumulado | ~S/ 168,000 menos al jubilarse |
| Diferencia en pensión mensual | ~S/ 1,100 menos al mes |
| Costo real de retirar S/ 22,000 hoy | ~7.6 veces el monto retirado en pérdida de fondo futuro |
💡 Reflexión: Carlos recibe S/ 22,000 hoy, pero pierde aproximadamente S/ 168,000 en su fondo de jubilación a los 30 años debido al interés compuesto que deja de ganar.
¿Significa esto que no deberías retirar?
No necesariamente. Depende de tu situación:
Podría convenirte retirar si:
- Tienes deudas urgentes con tasas de interés altas (tarjetas de crédito, préstamos informales)
- Necesitas dinero para una emergencia de salud
- Tienes un negocio que necesita capital urgente
- Tu fondo es pequeño y la pensión afectada sería mínima
Podría NO convenirte retirar si:
- Tienes más de 15 años para jubilarte
- Tu fondo ya es bajo y retirar lo dejaría insuficiente
- Tienes otras opciones para obtener liquidez
- Tu prioridad es una pensión digna en el futuro
Si quieres explorar alternativas al retiro de AFP, como la jubilación anticipada, te recomendamos leer nuestra guía completa sobre el tema.
También puedes revisar la comparativa de AFP en Perú para entender cómo elegir la administradora que mejor rentabilidad te ofrece a largo plazo.
Evalúa con Datos Reales si el Retiro te Convendría
El noveno retiro AFP 2026 es, al 13 de junio de 2026, una posibilidad remota en la legislatura actual, no una realidad inminente. Los 9 proyectos de ley acumulados en la Comisión de Economía cerraron la legislatura sin dictamen aprobado, y tanto el MEF como la SBS emitieron pronunciamientos técnicos en contrario. Si no hay ampliación de legislatura, los proyectos quedarían en carpeta para el siguiente Congreso bicameral, donde su aprobación sería más compleja.
Puntos clave que debes recordar:
- ❌ El 9° retiro NO está aprobado al 13 de junio de 2026
- ❌ Ningún proyecto ha sido dictaminado por la Comisión de Economía
- ⚠️ El MEF y la SBS se opusieron formalmente a la iniciativa
- ✅ El monto máximo propuesto es S/ 22,000 (4 UIT)
- ✅ El desembolso sería progresivo: entre 2 y 4 armadas según el proyecto que se apruebe
- ✅ Cada sol que retiras hoy reduce significativamente tu pensión futura
- ✅ El retiro sería voluntario, no obligatorio
- ✅ Los retiros ordinarios (jubilación a 65 años, REJA, 25% vivienda) siguen vigentes y no se ven afectados
¿Qué puedes hacer mientras tanto?
- Mantente informado: Sigue las noticias del Congreso y de tu AFP, pero no esperes una aprobación inminente
- Revisa tu fondo: Consulta tu saldo actual en el portal de tu AFP
- Evalúa si te conviene: Si en el futuro se aprobara, usa el ejemplo de Carlos para proyectar el impacto en tu pensión
- Explora alternativas: Si necesitas liquidez, existen otras opciones como los préstamos de empresa o el REJA
Si quieres calcular cuánto estarías perdiendo en tu pensión, te recomendamos conversar con un asesor previsional o usar las simuladoras disponibles en los portales de cada AFP.
¿Te fue útil esta guía? Compártela con tus amigos y familiares para que también estén informados sobre el estado real del noveno retiro AFP.
Cómo verificamos esta información
Este artículo fue revisado por el equipo editorial de SueldoJusto.pe, dedicado al análisis de la normativa previsional peruana. Para asegurar la mayor precisión posible, consultamos las siguientes fuentes oficiales:
- Portal del Congreso de la República — Seguimiento de proyectos de ley sobre el 9° retiro AFP, incluyendo PL 13963, 13999, 14073 y PL 14647/2025-CR
- Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) — Regulación del Sistema Privado de Pensiones y procedimientos de retiro extraordinario
- D.S. N° 301-2025-EF — UIT 2026 en S/ 5,500, base para el cálculo del monto máximo de retiro
Fuentes periodísticas verificadas:
- Infobae (11 junio 2026): “Nuevo retiro de AFP no se aprobaría: Se acaba el tiempo para debate en el Congreso”
- Perú Retail (12 junio 2026): “Retiro AFP 2026: Comisión de Economía cierra sesiones sin aprobar el noveno desembolso”
- Infobae (6 junio 2026): “Retiro de AFP acumula nueve proyectos y le queda menos de dos meses para ser aprobado”
- Caretas (1 junio 2026): “Noveno retiro AFP en 2026? Congreso peruano discute nuevo desembolso”
- La Razón (29 mayo 2026): “Nuevo proyecto autoriza noveno retiro de hasta S/22 mil de fondos AFP”
- El Comercio (1 mayo 2026): “¿Nuevo retiro AFP en el 2026? Esto se sabe sobre los proyectos en el Congreso”
- Expreso (27 mayo 2026): “AFP 2026: qué se sabe sobre el proyecto que autoriza un noveno retiro de hasta 22 mil soles”
Última verificación normativa: 13 de junio 2026 Próxima revisión programada: Septiembre 2026
¿Notaste algún cambio normativo reciente? Escríbenos a contacto@sueldojusto.pe (fines editoriales; no brindamos asesoría legal personalizada)
⚠️ Disclaimer Financiero: Este artículo tiene fines exclusivamente informativos y educativos. NO constituye asesoría financiera, tributaria ni legal personalizada. Los cálculos y proyecciones son estimaciones basadas en rentabilidades históricas del SPP y no garantizan resultados futuros. Los montos están basados en la UIT 2026 (S/ 5,500) según D.S. N°301-2025-EF y están sujetos a la aprobación definitiva de los proyectos de ley en trámite. Además, la aprobación del 9° retiro no es segura y depende de un proceso legislativo que, al 13 de junio 2026, no ha avanzado a dictamen.
⚠️ AVISO LEGAL (actualizado al 13 de junio de 2026): La información contenida en este artículo refleja la situación legislativa al cierre de la legislatura 2026 del Congreso de la República del Perú. Estado de los proyectos: Los nueve proyectos de ley acumulados en la Comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera cerraron la legislatura sin dictamen aprobado. Esto significa que no se emitió informe favorable ni desfavorable, y el trámite queda en suspenso. No constituye un rechazo formal ni un archivo definitivo. Opiniones técnicas: El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) y la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) emitieron pronunciamientos técnicos en contrario, señalando que la medida contraviene la Ley N° 32123, Ley de Modernización del Sistema Previsional Peruano. Estas opiniones son técnicas, no vinculantes para el Parlamento. Retiros vigentes: La situación del 9° retiro extraordinario no afecta los mecanismos ordinarios de acceso a los fondos de pensiones previstos en la normativa vigente (jubilación a los 65 años, retiro por desempleo —REJA—, 25% para vivienda, entre otros). Proyección: Al 13 de junio de 2026, la aprobación del 9° retiro en la legislatura actual presenta un escenario de baja probabilidad. Si no se amplía la legislatura, los proyectos quedarían en carpeta para el siguiente Congreso. Esta proyección es referencial y no constituye certeza jurídica; el trámite parlamentario puede cambiar. SueldoJusto.pe no ejerce la abogacía. Para asesoría sobre su situación previsional individual, consulte a un especialista en derecho pensionario o a su AFP.
Nota Legal: Este artículo es informativo. Los montos son referenciales y pueden variar según la normativa vigente. Para cálculos oficiales, consulte con el área contable de su empresa.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto es el noveno retiro AFP 2026?
¿Ya se puede retirar la AFP 2026?
¿A qué edad se puede retirar el AFP?
¿Cómo retirar mi AFP por desempleo?
¿Cuánto demora el retiro de AFP?
Comparte este artículo
Ayuda a otros trabajadores a informarse
Artículos Relacionados
Te pueden interesar también