Si eres empleador o trabajador en Perú, es fundamental conocer las directrices de la Agenda Temprana de SUNAFIL. Esta herramienta de reforma regulatoria orienta los operativos de control laboral, define los cruces masivos con SUNAT y delimita los criterios de sanción para los años 2026 y 2027.
En esta guía te explicamos en qué consiste la Agenda Temprana SUNAFIL 2026-2027, cuáles son sus prioridades de inspección, cómo opera el cruce digital con la Planilla Electrónica de SUNAT, la escala de multas vigente con la UIT a S/ 5,500 y las medidas preventivas para mantener tu empresa en regla.
¿Qué es la Agenda Temprana SUNAFIL 2026-2027?
La Agenda Temprana SUNAFIL 2026-2027 es un instrumento de planificación regulatoria formalizado mediante la Resolución de Superintendencia N.° 026-2026-SUNAFIL. Su propósito es transparentar ante la ciudadanía, los empleadores y las organizaciones gremiales qué problemáticas laborales concentrarán la labor normativa y de control inspectivo de la entidad.
Es necesario precisar su alcance: la Agenda Temprana no es un régimen de amnistía ni de condonación de sanciones. Constituye un mapa institucional para focalizar los recursos del Estado en los focos de mayor vulnerabilidad de los derechos del trabajador.
Los dos problemas públicos priorizados
El documento institucional delimita con claridad dos ejes prioritarios de acción:
- Incumplimiento en remuneraciones y beneficios laborales (período base 2022-2024).
- Infracciones contra la labor inspectiva y obstrucción a las actuaciones de los inspectores (período base 2022-2025).
Estos frentes abarcan tanto la falta de pago de derechos obligatorios como la negativa injustificada de los empleadores a facilitar la documentación requerida por la autoridad.
Actualización: Comisión de Fortalecimiento de SUNAFIL (RM N.° 297-2026-TR)
Como complemento a esta agenda, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) publicó en setiembre de 2026 la Resolución Ministerial N.° 297-2026-TR, mediante la cual se constituyó la Comisión Sectorial para promover el fortalecimiento de la SUNAFIL y del Sistema de Inspección del Trabajo.
Esta comisión, de conformación tripartita (representantes del MTPE, centrales sindicales y gremios empresariales del Consejo Nacional de Trabajo), tiene asignado un plazo de 90 días calendario para emitir un informe técnico con propuestas de modernización, interoperabilidad tecnológica y optimización del sistema de denuncias y fiscalizaciones a nivel nacional.
Prioridad 1: Incumplimiento en remuneraciones
La primera gran prioridad de la Agenda Temprana es el incumplimiento en materia remunerativa. De acuerdo con los registros de la autoridad inspectiva, entre 2022 y 2024 se generaron más de 46,000 órdenes de inspección vinculadas estrictamente al pago de salarios y beneficios.
Infracciones laborales más vigiladas
En este rubro, los equipos de fiscalización y los sistemas automatizados priorizan la detección de:
- Abono por debajo del piso legal: Incumplir la Remuneración Mínima Vital en Perú (S/ 1,230 vigente desde octubre de 2026) o pagar montos inferiores a los pactados contractualmente.
- Retenciones indebidas: Descuentos injustificados en la boleta de pago o falta de depósito de las retenciones judiciales y sindicales.
- Omisión de beneficios sociales: Incumplimiento de los depósitos semestrales de CTS o de las gratificaciones ordinarias.
- Falta de pago de sobretiempo: Horas extras no registradas, no remuneradas o abonadas con sobretasas inferiores a las que establece la legislación.
- Informalidad laboral: Trabajadores que prestan servicios subordinados pero no figuran en la planilla electrónica PLAME.
Consecuencias legales para las empresas
Frente a una omisión remunerativa comprobada, el empleador se expone a:
- Emisión de un requerimiento de adopción de medidas inspectivas para cumplir con el abono adeudado más los intereses legales laborales.
- Inicio de un procedimiento administrativo sancionador (PAS) con propuesta de multa pecuniaria.
- Incremento del perfil de riesgo inspectivo de la compañía, lo que habilita nuevas fiscalizaciones periódicas.
Prioridad 2: Infracciones contra la labor inspectiva
La segunda prioridad comprende las infracciones a la labor inspectiva. Este rubro sanciona las conductas que buscan entorpecer, dilatar o impedir la verificación del cumplimiento laboral.
Conductas tipificadas como muy graves
Entre las conductas que generan las sanciones más severas figuran:
- Negar el ingreso al centro de trabajo a los inspectores debidamente acreditados una vez transcurridos los 10 minutos de tolerancia legal.
- No concurrir a las comparecencias virtuales o presenciales fijadas por la intendencia correspondiente.
- No remitir la documentación requerida (boletas, hojas de liquidación, constancias de depósito bancario, registros de asistencia) dentro del plazo otorgado.
- Presentar declaraciones o documentos falsos con el fin de inducir a error al inspector asignado.
Qué significa para los trabajadores
Para el personal, esta priorización garantiza que las quejas y denuncias cuenten con mayor respaldo institucional. Cualquier colaborador cuyos derechos laborales se vean vulnerados puede denunciar en SUNAFIL de forma presencial o a través de la plataforma de denuncia virtual, adjuntando boletas, contratos o registros de comunicaciones.
Cómo SUNAFIL cruza datos con SUNAT
El componente técnico más relevante para el período 2026-2027 es la interoperabilidad continua entre SUNAFIL y SUNAT. La fiscalización ya no depende exclusivamente de que un inspector visite las instalaciones físicas de la empresa.
T-Registro y PLAME
El sistema de cruce de datos opera conectando dos componentes clave de la Planilla Electrónica:
- T-Registro: Base de datos laboral donde se inscriben los datos personales, fechas de alta, tipo de contrato, régimen de salud y condición previsional de cada trabajador.
- PLAME (Planilla Mensual de Pagos): Declaración jurada mensual enviada a SUNAT donde se consignan ingresos, días laborados, horas extras, aportes a EsSalud y retenciones tributarias y de pensiones.
Inconsistencias detectadas de forma automatizada
El cruce de casillas permite identificar alertas tempranas sin inspección presencial:
| Inconsistencia detectada | Posible contingencia |
|---|---|
| Trabajador en T-Registro con remuneración en cero en PLAME | Presunción de trabajo no remunerado o suspensión imperfecta no acreditada |
| Base de cálculo de EsSalud inferior a la remuneración computable | Subdeclaración de remuneraciones y evasión de aportes de seguridad social |
| Retenciones de ONP o AFP declaradas sin abono a las administradoras | Contingencia penal y laboral por apropiación ilícita previsional |
| Trabajadores dados de baja sin liquidación de beneficios en los plazos de ley | Vulneración del plazo de 48 horas para cancelar la liquidación |
| Empresa con actividad continua que declara cero personal dependiente | Presunta intermediación laboral fraudulenta o locación de servicios desnaturalizada |
Cartas inductivas: mecanismo previo a la multa
Al detectar una discrepancia algorítmica, SUNAFIL emite comúnmente una carta inductiva dirigida a la casilla electrónica de la empresa.
Este documento señala la inconsistencia identificada y concede un plazo perentorio para formular descargos documentados o regularizar la declaración ante SUNAT. Atender oportunamente una carta inductiva permite corregir errores formales antes de que se derive a una orden de inspección formal con imposición de multas.
Sectores con mayor exposición a fiscalizaciones en 2026
Nota aclaratoria: Los sectores descritos a continuación responden a los antecedentes inspectivos históricos y análisis especializados del mercado laboral peruano. La Agenda Temprana formaliza las materias prioritarias (remuneraciones y labor inspectiva), pero los operativos territoriales suelen concentrarse en sectores de alta densidad laboral y tercerización.
- Construcción civil: Por la complejidad del régimen especial, los aportes al fondo de cese y la exigencia de estándares rigurosos de seguridad y salud en el trabajo.
- Comercio al por menor (Retail): Vinculado al control estricto de jornadas acumuladas, registro biométrico de asistencia y liquidación oportuna de sobretiempo.
- Plataformas de reparto y servicios digitales: Debido a las evaluaciones de subordinación y condiciones de aseguramiento para trabajadores de reparto.
- Agroindustria y empaque: Con foco en la contratación por temporada, transporte seguro y cumplimiento del régimen laboral agrario.
- Seguridad privada y limpieza: Actividades tradicionalmente vigiladas por la adecuada aplicación de las normas de tercerización laboral e intermediación.
Escala de multas SUNAFIL 2026 (calculada con UIT S/ 5,500)
Las multas de SUNAFIL se determinan aplicando porcentajes de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT), establecida en S/ 5,500 para el ejercicio 2026 mediante el Decreto Supremo N.° 301-2025-EF.
Clasificación por gravedad de la infracción
La tabla de sanciones regulada en el Decreto Supremo N.° 019-2006-TR distingue tres niveles:
| Gravedad de la infracción | Criterios típicos | Escala referencial (No MYPE) |
|---|---|---|
| Leve | Omisiones formales que no perjudican directamente montos económicos (retrasos en entrega de boletas o constancias). | 0.26 a 15.52 UIT (S/ 1,430 a S/ 85,360) |
| Grave | Incumplimientos sustanciales en cálculo de beneficios, falta de registro de asistencia o no pago oportuno de horas extras. | 1.57 a 26.12 UIT (S/ 8,635 a S/ 143,660) |
| Muy grave | Obstrucción a la inspección, trabajo infantil, no pagar sueldo mínimo, despido fraudulento o no tener a los trabajadores en planilla. | 2.63 a 52.53 UIT (S/ 14,465 a S/ 288,915) |
Nota: Los valores exactos se gradúan según el número de trabajadores afectados por la infracción.
Topes legales y beneficio para MYPES
- Tope por infracción individual: La sanción más alta para una empresa No MYPE es de 52.53 UIT (S/ 288,915 en 2026).
- Tope acumulado anual: El monto total de sanciones impuestas en un mismo procedimiento o año no puede superar las 200 UIT (S/ 1,100,000), conforme al artículo 39 de la Ley 28806.
- Reducción del 50% para MYPES: Las micro y pequeñas empresas con acreditación vigente en el REMYPE gozan de una reducción del 50% en el cálculo de las multas aplicables, de conformidad con la Ley N.° 30056.
Auditoría laboral preventiva para empresas
La implementación de una auditoría laboral interna es una práctica recomendada de compliance corporativo para evitar sanciones innecesarias.
Puntos críticos de revisión en planilla
- Altas y bajas en T-Registro: Verificar que las altas se registren a más tardar el primer día de labores y que las bajas coincidan con la fecha efectiva de cese.
- Control de asistencia inviolable: Asegurar que el sistema de registro cumpla con los estándares técnicos y que no se utilicen hojas volantes o cuadernos informales que carezcan de valor probatorio.
- Contratos sujetos a modalidad: Revisar que los contratos a plazo fijo contengan la causa objetiva de contratación debidamente justificada para evitar la desnaturalización contractual.
- Validación de aportes sociales: Contrastar mensualmente los pagos efectuados en el ticket bancario de SUNAT contra las planillas declaradas en PLAME.
- Revisión de la casilla electrónica de SUNAFIL: Designar a un responsable corporativo para monitorear semanalmente la recepción de notificaciones y cartas inductivas.
Pasos clave para mantener tu empresa al día ante inspecciones de SUNAFIL
Para reducir la exposición a contingencias sancionatorias bajo el marco de la Agenda Temprana 2026-2027, las empresas pueden estructurar un protocolo de respuesta ordenado:
- Auditar las declaraciones de PLAME: Comprobar que los montos brutos y netos concuerden con los cálculos de la calculadora de sueldo neto y que los descuentos se encuentren debidamente autorizados por ley o por convenio individual.
- Atender las cartas inductivas con respaldo documental: No dejar vencer los plazos señalados por la autoridad; presentar boletas firmadas, constancias de transferencia bancaria y sustentos contables que desvirtúen la inconsistencia.
- Mantener actualizado el RIT y el Comité de SST: Toda empresa con 20 o más trabajadores debe contar con su Reglamento Interno de Trabajo aprobado y su Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo formalmente constituido.
- Capacitar a las áreas de recursos humanos: Asegurar que el personal encargado de planillas conozca las actualizaciones normativas emitidas por el MTPE y los criterios interpretativos de los tribunales de fiscalización laboral.
Nota Legal: Este artículo es informativo. Los montos son referenciales y pueden variar según la normativa vigente. Para cálculos oficiales, consulte con el área contable de su empresa.
Preguntas frecuentes
¿Qué es la Agenda Temprana de SUNAFIL?
¿Qué cambios introduce la Resolución Ministerial N.° 297-2026-TR en SUNAFIL?
¿Cómo cruza datos SUNAFIL con SUNAT en 2026?
¿Qué sectores tienen mayor exposición a fiscalizaciones en 2026?
¿Cuánto es la multa más alta de SUNAFIL en 2026?
¿Qué es una carta inductiva de SUNAFIL y qué plazo da para responder?
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