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Cumplimiento laboral PYME

Obligaciones del empleador en Perú 2026

Guía práctica para PYME y equipos de RRHH: qué debes hacer al contratar, cómo declarar planilla, qué aportes corresponden y cómo enlazar cada obligación con calculadoras y artículos actualizados a 2026.

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secciones + FAQ
PLAME
planilla mensual
2026
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Si administras una PYME o llevas RRHH con pocos recursos, la lista de obligaciones del empleador puede parecer dispersa: contratos, T-Registro, PLAME, aportes, beneficios, fiscalización SUNAFIL y SST. Esta página ordena el recorrido en pasos concretos y te lleva a las guías y herramientas que ya publicamos en SueldoJusto.pe, sin duplicar contenido.

Los montos y plazos que verás aquí son referenciales. Antes de cerrar planilla o responder una inspección, contrasta con SUNAT, MTPE, EsSalud y, si tu caso es complejo, con un contador o abogado laboralista.

1. Contratar y registrar al trabajador

La formalización empieza antes del primer pago: contrato, alta en registros y entrega de condiciones de trabajo.

  • • Elige la modalidad correcta (indefinido, plazo fijo, part-time u otras) y deja constancia escrita. Revisa los tipos en nuestra guía de contratos laborales y los matices del contrato indefinido.
  • • Registra al trabajador en T-Registro el mismo día de inicio o antes; las bajas van al día hábil siguiente del cese y las modificaciones dentro de 5 días hábiles. El alta es previo al PLAME mensual; revisa plazos y pasos en PLAME y T-Registro 2026.
  • • Respeta la RMV vigente (S/ 1,230 desde octubre de 2026 según normativa referenciada en sueldo mínimo) y emite boleta de pago en cada periodo.
  • • Implementa control de asistencia desde el día uno. SUNAFIL ha reforzado la fiscalización del registro; consulta registro de asistencia y horas extras.
  • • Si necesitas un borrador de constancia o documento de respaldo, usa el generador de constancia de trabajo o revisa las plantillas laborales.

2. Aportes del empleador y planilla electrónica

Cada mes debes declarar remuneraciones y enterar aportes. El eje operativo es PLAME; el registro de altas es T-Registro.

Concepto Quién paga Referencia
EsSalud Empleador (9%) Aportes del empleador
AFP / ONP Trabajador (retención y declaración en PLAME) AFP vs ONP
Seguro Vida Ley Empleador (desde el inicio) Vida Ley
SCTR Empleador (solo si hay riesgo) SCTR Perú
Quinta categoría Retención declarada en PLAME Planilla electrónica
PLAME mensual Declaración del empleador Planilla electrónica

El vencimiento del PLAME depende del cronograma SUNAT según el último dígito del RUC; consulta el calendario oficial vigente en planilla electrónica. En AFP, la retención suele incluir aproximadamente 10% de aporte obligatorio, prima de seguros y comisión referencial según la administradora; en ONP, el descuento referencial es del 13%. Ambos se declaran en PLAME. El 9% de EsSalud aplica al régimen general; en MYPE micro puede corresponder SIS u otros esquemas según el caso. Para armar la planilla, cruza sueldos, asignaciones y retenciones con la calculadora de sueldo neto. Si tu empresa es MYPE y aplica subsidios, revisa también subsidio MYPE en pensiones y EsSalud.

3. Beneficios legales y calculadoras

CTS, gratificaciones, vacaciones y utilidades tienen reglas propias. Usa las herramientas para estimar montos antes de depositar o liquidar.

4. MYPE vs régimen general

No todas las PYME usan el mismo paquete de beneficios. Confundir régimen puede derivar en reclamos o multas.

Microempresa MYPE

  • Sin CTS ni gratificaciones.
  • Vacaciones de 15 días.
  • Seguro de salud puede ser SIS en lugar de EsSalud.

¿Qué es MYPE? · Beneficios MYPE

Pequeña empresa y régimen general

  • Pequeña empresa: CTS y gratificación reducidas; vacaciones de 15 días.
  • Régimen general: CTS, gratificaciones completas y vacaciones de 30 días.
  • Asignación familiar para hijos que califiquen según la norma.

Beneficios del trabajador · Riesgo MYPE ficticia

Antes de declararte MYPE solo para reducir costos, verifica que tu empresa califique y que la modalidad de contratación sea coherente. SUNAFIL ha orientado fiscalizaciones sobre empresas que simulan el régimen.

5. SST mínimo que no puedes postergar

La seguridad y salud en el trabajo dejó de ser un trámite accesorio. Es requisito para operar con personal a cargo.

  • • Política de SST y matriz de riesgos acorde a tu actividad.
  • • Capacitación en SST: inducción al ingreso, actualización ante cambios y formación periódica.
  • • EPP cuando el puesto lo requiera y evidencia de entrega.
  • • Reporte de accidentes mortales o incidentes peligrosos en el SAT del MTPE dentro de 24 horas. Otros eventos tienen plazos distintos según la norma.
  • • Con 20 o más trabajadores, constituir un Comité de SST; con menos de 20, designar un supervisor o encargado. Profundiza en SST en Perú.

Según la RS N.° 026-2026-SUNAFIL y los comunicados públicos de la entidad, la agenda 2026-2027 prioriza el incumplimiento en remuneraciones y las infracciones a la labor inspectiva. Mantén un radar con agenda SUNAFIL, multas y qué es SUNAFIL.

6. Checklist mensual del empleador

Usa esta lista al cierre de cada mes. Marca cada ítem antes de declarar PLAME y pagar obligaciones.

  1. 1 Actualizar registro de asistencia y respaldar horas extras autorizadas.
  2. 2 Registrar en T-Registro: altas el mismo día de inicio (o antes), bajas al día hábil siguiente del cese y modificaciones dentro de 5 días hábiles.
  3. 3 Emitir boleta de pago con conceptos, descuentos y aportes desglosados.
  4. 4 Consultar la fecha de vencimiento en el cronograma SUNAT 2026 (herramienta SueldoJusto) antes de presentar PLAME y enterar aportes (EsSalud 9%, Vida Ley desde el inicio, retenciones previsionales y quinta categoría; SCTR solo si la actividad implica riesgo).
  5. 5 Revisar obligaciones SST: inducción, capacitación ante cambios, formación periódica, EPP y reportes al SAT (MTPE) si hubo incidentes.
  6. 6 Verificar depósitos de CTS en mayo y noviembre cuando corresponda al régimen aplicable.

Cronograma SUNAT 2026 por dígito RUC — consultor con fechas del ejercicio 2026 según SUNAT.

Si detectas diferencias entre lo pagado y lo declarado, corrige antes de una fiscalización. Los trabajadores pueden denunciar ante SUNAFIL y contrastar su situación con Certificado Único Laboral.

7. Preguntas frecuentes

¿Cuáles son las obligaciones básicas del empleador en Perú?
Las obligaciones centrales incluyen formalizar la relación laboral (contrato y T-Registro), pagar la remuneración pactada y no inferior a la RMV vigente (S/ 1,230 desde octubre de 2026), registrar y declarar mensualmente en PLAME, aportar a EsSalud y sistemas previsionales, otorgar beneficios legales como CTS, gratificaciones y vacaciones, y cumplir normas de seguridad y salud en el trabajo. El detalle varía según régimen (general, MYPE u otros especiales).
¿Qué pasa si no presento el PLAME a tiempo?
La omisión o presentación extemporánea del PLAME puede generar consecuencias administrativas ante SUNAT y dejar sin respaldo los aportes de tus trabajadores; las sanciones dependen del caso y del criterio de la autoridad. SUNAFIL también puede fiscalizar la formalización laboral. Consulta el cronograma oficial por dígito de RUC en nuestra guía de planilla electrónica.
¿Una MYPE tiene las mismas obligaciones que una empresa del régimen general?
No exactamente. En microempresa no hay CTS ni gratificaciones y las vacaciones son de 15 días; en pequeña empresa sí hay CTS y gratificación, pero con montos reducidos frente al régimen general. Ambas siguen obligadas a contratar formalmente, declarar planilla y respetar derechos irrenunciables. Compara ambos regímenes antes de definir tu política de beneficios.
¿Qué aportes debe pagar el empleador además del sueldo?
Además de la remuneración, el empleador asume el 9% de EsSalud (régimen general; en MYPE micro puede aplicar SIS), la prima del Seguro Vida Ley desde el inicio de la relación laboral y el SCTR solo si la actividad implica riesgo. Los descuentos de AFP (aprox. 10% + prima de seguros + comisión referencial) u ONP (13%) se retienen del trabajador, pero el empleador debe declararlos y enterarlos vía PLAME, junto con la quinta categoría cuando corresponda.
¿Qué documentos necesito al contratar a alguien?
Como mínimo: contrato escrito según modalidad, alta en T-Registro el mismo día de inicio o antes, afiliación a EsSalud y sistema previsional, entrega de boleta de pago en cada periodo y registro de asistencia. Si aplicas régimen MYPE, verifica que tu empresa califique y conserva la documentación que respalde la modalidad elegida.
¿Es obligatorio tener un sistema de SST?
Sí. Todo empleador debe implementar un Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo acorde al tamaño y riesgo de la actividad. Incluye política, identificación de peligros, capacitación (inducción, ante cambios y periódica), registro de accidentes y, con 20 o más trabajadores, un Comité de SST; con menos de 20, un supervisor o encargado de SST.
¿Dónde puedo verificar si estoy cumpliendo como empleador?
Puedes cruzar tus registros con los portales de SUNAT (T-Registro y PLAME), EsSalud, AFP u ONP, y revisar la agenda de fiscalización de SUNAFIL según sus comunicados públicos. Usa nuestras calculadoras para contrastar montos de beneficios y la guía de aportes del empleador para validar porcentajes referenciales.

Aviso importante: Este hub es informativo. Los montos, plazos y obligaciones son referenciales y pueden variar según el tamaño de la empresa, el régimen aplicable y cambios normativos. Para cálculos de planilla y respuestas ante fiscalización, consulta con el área contable de tu empresa o un especialista.

Lleva cada obligación a una herramienta concreta

Desde el sueldo neto hasta la liquidación, nuestras calculadoras te ayudan a contrastar montos antes de cerrar planilla.